Gobierno desmiente información sobre supuesto aumento en edad de jubilación
Este miércoles el gobierno se pronunció acerca de una información que circuló en redes sociales sobre un supuesto aumento edad mínima de jubilación o la intención del gobierno de impulsar una medida en esa línea.
A través de un video y un comunicado, la Subsecretaría de Previsión Social salió a desmentir los rumones, señalando que esta información es "absolutamente falsa y sólo pretende desinformar a la población".
El documento también recalca que "actualmente, el Comité de Ministros, designado por la Presidenta Michelle Bachelet, trabaja analizando los resultados de la Comisión Asesora Presidencial sobre el sistema de pensiones, con el mandato de entregar una hoja de ruta con las posibles reformas".
[VIDEO] Aclaración pública por anuncio de aumento en edad de jubilación en Redes Sociales https://t.co/5TZ9DfgtMM RT pic.twitter.com/APya6gYVpa
— Subsec Prev. Social (@previsionsocial) 29 de junio de 2016
"Como gobierno hemos avanzado en mejorar la calidad de vida de nuestros adultos mayores, a fines de este año se eliminará el pago de cotizaciones de salud para el 80% más vulnerable de los pensionados, hecho que permitirá que vean incrementadas en un 5% sus pensiones", puntualizó el comunicado.
Julia Urquieta, subsecretaria de Previsión Social, señaló en el video que "llamamos a la población a no tomar esta información en consideración" y "denunciamos este tipo de maniobras, que no sabemos hacia dónde conducen".
¿A qué edad se jubilan los chilenos?
Las pensiones de vejez se financian con una cotización individual correspondiente al 10% de las remuneraciones y rentas imponibles del afiliado a la AFP, más la rentabilidad generada por estos fondos.
La pensión de vejez es un beneficio previsional que consiste en el derecho que tienen los afiliados al sistema previsional a obtener una pensión con sus fondos ahorrados, una vez que hayan cumplido con los requisitos legales para tal efecto.
a) La edad de jubilación:
Los hombres pueden pensionarse al cumplir 65 años de edad y las mujeres al cumplir 60 años de edad.
b) Jubilación anticipada:
Las personas afiliadas a una AFP pueden pensionarse anticipadamente, antes de cumplir la edad legal, siempre que tengan fondos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión:
- igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas en los últimos 10 años, e,
- igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aportes Solidarios (PMAS).