La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo que le impuso al Fisco pagar $ 300 millones en indemnización a los familiares de María Angélica Pérez Germain, fallecida durante el tsunami que afectó a la isla Juan Fernández, el 27 de febrero de 2010.
La Primera Sala del tribunal de alzada confirmó de forma unánime la sentencia dictada por el Quinto Juzgado Civil de Santiago, que estableció la responsabilidad por falta de servicio del Estado.
En el fallo se responsabiliza a la Onemi de no haber difundido la alerta emitida por el Shoa, "siendo su obligación hacerlo tan pronto como fuere posible de acuerdo al Manual de Operaciones del CAT y el D.S. de 2002 que establece el Plan Nacional de Protección Civil".
En cuanto al SHOA, el texto expresa que "el fallo recurrido que la falta de servicio consistió en no difundir la alarma de tsunami de forma clara, precisa y oportuna, toda vez que la reglamentación sobre la materia establece que ella debe difundirse por distintas vías de comunicaciones, una principal, y otra auxiliar (como Defensa Civil, Carabineros y Bomberos), que debe utilizarse cuando la red principal esté inoperativa, y que en el presente caso no se revisó la inactividad de la red principal, pudiendo en tal caso haber recurrido a las líneas auxiliares, lo que no aconteció".