Segundo femicidio del 2021: mujer de 67 años habría sido asesinada por su marido en Talagante
Un nuevo femicidio se registró esta madrugada en la comuna de Talagante. De acuerdo a antecedentes preliminares de la fiscalía de alta complejidad de la zona occidente, una mujer de 67 años fue encontrada muerta en su domicilio con un golpe contuso en la cabeza.
El cuerpo fue encontrado por su hijo, quien relató que a las 5:29 de la madrugada lo llamó su padre, de 69 años, para confesarle el crimen.
El sitio del suceso se encuentra cercado por personal de Carabineros, donde esta mañana se realizarán diversas diligencias.
El presunto autor del crimen -quien no registraba denuncias previas por violencia intrafamiliar- se encuentra inubicable.
"Por hechos que se investigan, un varón habría dado muerte a su cónyuge, pegándole con objetos contundentes. Esta persona se dio a la fuga y está siendo intensamente buscada por personal de la brigada de homicidios", detalló el fiscal Sergio Moya.
Se trata del segundo femicidio a lo que va del 2021, y se suma al ocurrido el 9 de enero en Huara, región de Tarapacá, donde un hombre asesinó a su pareja, de 39 años de edad, y a uno de sus dos hijos, de 4 años, producto de un disparo con un rifle. A esto se suman otros 5 intentos de femicidio (no consumados).
De acuerdo a la legislación chilena, el femicidio es el asesinato de una mujer ejecutado por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o con quien tiene o ha tenido un hijo en común, en razón de tener o haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia.
También se considera femicidio el asesinato de una mujer en razón de su género cuando la muerte se produzca en alguna de las siguientes circunstancias:
- Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
- Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
- Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372bis.
- Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
- Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminació
Si eres víctima de alguna situación de abuso te recordamos que existe el fono 1455, donde personal especializado entrega orientación. También es posible recibir ayuda a través de un chat privado, al que puedes acceder a través del siguiente enlace.
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