Este domingo Carabineros confirmó la detención del principal sospechoso del asesinato de Daniela Olate, en Florida, región del Biobío. Según se reveló, el autor confeso fue identificado como José Eduardo Morales Morales, ciudadano chileno de 37 años de edad.
Tras conocerse que la fiscal Carla Hernández solicitó la ampliación de detención del acusado (otorgada por el tribunal), T13 accedió a unas imágenes exclusivas que muestran el vehículo donde Morales habría recogido a la víctima minutos antes de cometer el crimen.
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Este Toyota corolla de color rojo es donde circulaba Morales cuando fue detenido por el OS-9 de Carabineros. Ellos ya le seguían el paso: le realizaron un control investigativo a este hombre y, en ese momento, se dan cuenta que al interior del automóvil transitaba con su esposa y sus dos hijos en la parte trasera, dos menores de 4 y 2 años.
En ese mismo vehículo, en el que transitaba con toda su familia, Morales habría dado muerte a Daniela Olate.
Las cámaras de seguridad de viviendas y locales comerciales habrían situado a Morales conduciendo su Toyota por la ruta en la que habría desaparecido el rastro de Daniela.
Esto era el sector de Los Álamos, camino a la comuna de Florida. El hombre pasa por el paradero donde Daniela Olate esperaba locomoción y avanza un kilómetro aproximadamente. Luego de esto, se detiene unos dos minutos antes de darse vuelta en "U" para dirigirse al paradero de la víctima, ofreciéndose a llevarla a Concepción.
Carabineros señala que en esa pausa, ese par de minutos, Morales habría planificado el crimen contra la joven mujer de 23 años, por lo cual será formalizado femicidio no íntimo.
Caso Daniela Olate: ¿Qué es Femicidio no íntimo?
Primero, debemos recordar que durante marzo de 2020 que se promulgó la denominada Ley Gabriela, una iniciativa legal que ampliaba el marco legal del femicidio, elevando penas en casos de violencia de género.
Dicha medida implicaba que la ley sancionaría la violencia de género ejercida hacia las mujeres con tipos penales como el feminicidio íntimo, feminicidio no íntimo, feminicidio por conexión y feminicidio sexual
Los culpables por estos delitos podrían ser condenados con penas desde el presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. Es decir, de los 15 años y 1 día a los 40 años.
Esta ley dio paso a que no sólo se considera como femicidio a los casos de asesinatos de mujeres por parte de sus ex parejas o ex parejas con convivencia, sino que incorporaba a parejas sin convivencia, como las relaciones de pololeo.
Respecto al femicidio no íntimo, la Biblioteca del Congreso Nacional señala: "Incluye aquellos cometidos por un hombre que no tenía ninguna relación íntima, familiar o de convivencia con la víctima; el asesino puede ser un amigo, un conocido o un extraño, y la violación sexual a menudo concurre con este tipo de feminicidio"
Es por esto que el caso de Daniela Olate se cataloga como un femicidio no íntimo y no solo como un homicidio con violación.