Estado de Catástrofe desde O'Higgins al Biobío: ¿En qué consiste y cuánto durará?
Este lunes, el Presidente Gabriel Boric decretó Estado de Catástrofe desde la región de O'Higgins hasta la región del Biobío, esto en el marco de las intensas precipitaciones que han provocado inundaciones, cortes de caminos y destrucción de infraestructura en la zona centro-sur del país.
En ese contexto, el mandatario anunció que esta declaración permitirá entregar más recursos y aumentar el personal de ayuda en las zonas afectadas.
“He instruido a la ministra Tohá para decretar Estado Constitucional de Catástrofe en las regiones de O’Higgins a Biobío. Esto va a permitir una mayor facilidad y fluidez de los recursos, por cierto, teniendo todos los resguardos necesarios”, expresó el Presidente.
¿En qué consiste un Estado de Catástrofe?
El Estado de Catástrofe es uno de los Estados de Excepción que puede declarar el Presidente de la República cuando una zona determinada sufre una calamidad pública.
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Se decreta mediante Decreto Supremo, firmado también por los ministros(as) de Interior y Defensa.
Su aplicación es regulada por la Constitución y la Ley N°18.415, Orgánica Constitucional de Estado de Excepción.
¿Cuánto puede durar un Estado de Catástrofe?
Según la Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción, los Estados de Catástrofe comienzan a regir desde su publicación en el Diario Oficial y tiene una duración de máximo 90 días.
El Presidente de la República puede solicitar una prórroga del plazo o realizar una nueva declaración de E. de Catástrofe si persisten las circunstancias por el cual fue decretado, sin embargo, estará obligado a informar al Congreso.
Asimismo, el parlamento podrá dejar sin efecto la declaración después de 180 días si es que las razones del E. de Catástrofe ya cesaron de forma absoluta.
¿Qué medidas se pueden adoptar en el Estado de Catástrofe?:
Dentro de las atribuciones permitidas en un Estado de Catástrofe, están:
- Restricción de libertades de locomoción y reunión de la población.
- Disposición de requisiciones de bienes,
- Establecimiento de limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
- Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo para el pronto restablecimiento de la normalidad.