La denominada "Ley Nibaldo" que busca tipificar como delito la mutilación de un cadáver y que sea sancionado de acuerdo con la brutalidad de este tipo de hechos, quedó despachada del Congreso este miércoles, luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad la iniciativa en los mismos términos en que lo hicieron los diputados.
La norma que ahora deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo modifica el Código Penal para sancionar el ultraje de cadáver y de sepultura.
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El proyecto debe su nombre en memoria del profesor de Villa Alemana, Nibaldo Villegas, quien fue asesinado y posteriormente descuartizado por quien fuera su pareja Johanna Hernández y Francisco Silva; ambos condenados por la justicia.
En lo fundamental, el proyecto incorpora una nueva sanción que dispone la pena de reclusión menor en su grado medio, es decir 541 días a tres años, el que “en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, exhume total o parcialmente sus restos humanos; sustraiga restos humanos de quien los tuviere legítimamente, o manipule restos humanos o cenizas, realizando actos que los afecten considerablemente”.
Además, se establece la misma sanción para quien "en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profane su sepultura".
La aprobación fue celebrada por la diputada PPD Carolina Marzán, quien presentó la norma en 2019.
“La familia está con la sensación de que hay un poco más de justicia en el país. Hechos como estos que, desgraciadamente han continuado sucediendo, tengan un poco más de respiro en lo judicial. Hoy solo existen sanciones sanitarias respecto a eso, y hoy ya se consideraría como un delito autónomo, con penas, que se sumarían al asesinato mismo”, expresó.