Hasta hoy las empresas de telecomunicaciones no tenían la obligatoriedad de notificar a las y los consumidores la existencia de otros planes de telefonía móvil, internet o tv cable más económicos. Y es que en algunos casos estos planes, siendo similares al contratado, son considerablemente más baratos, incluso siendo de la misma compañía.
Esta situación va a cambiar pronto con la promulgación de la Ley 21.708, cuya publicación en el Diario Oficial se concretaría entre el 14 y el 18 de noviembre para entrar en vigencia.
Sin embargo, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), encargado de fiscalizar su cumplimiento de acuerdo a lo establecido durante su tramitación, informó que desde ya oficiará preventivamente a las principales compañías de telecomunicaciones para que comiencen a ejecutar lo mandatado por la ley, desde el día uno de su promulgación.
Destacar que esta es una modificación a la Ley del Consumidor y establece que “los proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán informar, a su costo, la existencia de planes que sean objetivamente mejores para el usuario, esto es, uno o más servicios al mismo precio o a un precio inferior, o los mismos servicios a un precio inferior”, según indica el Sernac en su sitio oficial.
En ese sentido, cada empresa de telecomunicaciones deberá incluir en cada boleta asociada a la facturación de un cliente, información sobre planes que sean igual o más baratos que el plan actual, en condiciones similares.
Esto deberá ser informado en la boleta, indistintamente ésta se envíe por correo electrónico, físicamente o para el acceso que cada cliente tiene en su información de plan en el sitio web.
Modificación para empresas de telecomunicaciones: así funcionará la nueva normativa
Por ejemplo, si una persona hoy paga 20 mil pesos por un plan contratado en 2021, que tiene datos limitados a 500GB, pero en la boleta correspondiente al mes de diciembre ya habría un plan equivalente (500GB) a 10 mil pesos, éste último deberá ser informado (misma prestación, menor precio).
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También aplicaría si por 20 mil pesos ahora existiese un plan que ya no sólo tenga un límite de 500GB, sino que sea ilimitado y además incluya minutos libres (mismo precio, más prestaciones).
Además, detalla el Sernac, la normativa también específica que los proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán mantener actualizada la información sobre planes y precios en su página web y aplicaciones.
Finalmente, las empresas deberán promover todas las condiciones para que el usuario pueda ejercer su derecho de cambio de plan y no podrán cobrar multa o recargo por ello.