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Dictan procesamientos en caso de fraude a la ley reservada del cobre en el Ejército

Dictan procesamientos en caso de fraude a la ley reservada del cobre en el Ejército
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Ministro Astudillo ordenó la diligencia contra 3 personas como autores de fraude al Fisco y falsedad documental.

El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago Omar Astudillo Contreras, dictó autos de procesamiento en la investigación  que instruye por fraude al fisco con recursos de la ley reservada del cobre respecto de los pagos realizados a los proveedores "Tecnometal" y "Frasim" por supuestos servicios prestados al Ejército de Chile. 

La diligencia en el caso también llamado "Milico-Gate" se realizó el pasado 5 de febrero, pero este lunes 8 del mismo mes se hizo pública por parte del Poder Judicial. 

En las resoluciones, el  ministro Astudillo  sometió a proceso a Juan Carlos Cruz ValverdeLiliana Francisca Villagrán Vásquez (en la investigación relativa a los proveedores Tecnometal y Frasim) y Clovis Alejandro Montero Barra (en la investigación relativa al proveedor Frasim) como autores de delitos reiterados de fraude al Fisco y  falsedad documental, ordenando además la prisión preventiva de Villagrán Vásquez.

De acuerdo a los antecedentes  recopilados en la etapa de la investigación en relación a las facturas emitidas por Tecnometal, el ministro en visita dio por establecido que:

1) "En distintas ocasiones, entre los meses de septiembre de 2011 y diciembre de 2013, Pedro Salinas Reyes o "Tecnometal" presentó a cobro al Ejército de Chile un total de 233 facturas por un monto total de $1.389.608.049 ;

2) Para hacer efectivo el pago de esas facturas, terceras personas forjaban la documentación de respaldo, falseando las firmas de las jefaturas generándose de esa manera una apariencia de realidad y verdad;

3) Las facturas eran ingresadas generalmente por mano, es decir, sin oficios conductores, al Departamento de Planificación Financiera (DPAF), unidad dependiente del Comando de Apoyo a la  Fuerza (CAF), donde las recibían determinados "dactilógrafos" o "ejecutivos de cuentas", quienes , en la práctica eran los encargados  de definir el Decreto Supremo ( los recursos financieros asociados al mismo) al cual se imputaba el gasto por supuesto servicio o adquisición efectuada al proveedor y , además, de cursar tramitación de las facturas respectivas, para su remisión a Tesorería del Ejército a los fines del pago efectivo de su valor;

4) Luego que Tesorería transfería los fondos a la cuenta corriente del proveedor, en pago de facturas falsas, este  procedía a retirar de inmediato y siempre en efectivo una parte de esos dineros;

5) Con este modo de operar se logró que, con cargo a dineros de la denominada "Ley Reservada del Cobre", el Ejército de Chile pagara un total de $1.389.608.049 por servicios o adquisiciones inexistentes, carentes de realidad y respaldo".

En cuanto a los hechos investigados  respecto de Frasim, el magistrado Astudillo logró acreditar que: 

1) "Entre los meses de octubre de 2011 y diciembre de 2013, un Coronel del Ejército de Chile, solicitó y obtuvo la entrega de 161 facturas por parte del Francisco Huincahue Necuñir-FRASIM, a la sazón proveedor del Ejército de Chile;

2) Conforme  lo acredita el informe evacuado por la Comandancia General de la Guarnición del Ejército, Región Metropolitana, esa repartición o unidad del Ejército de Chile nunca efectuó compras o adquisiciones al proveedor "Francisco Huincahue Necuñir-FRASIM", en los años 2011, 2012, 2013 y 2014;

3) Las facturas ideológicamente falsas y su pretendida documentación de respaldo, materialmente falsificada, era ingresada, generalmente por mano, es decir sin oficios conductores, al departamento de Planificación Financiera (DPAF), unidad dependiente del Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF), donde las recibían determinados "dactilógrafos" o "ejecutivos de cuentas", quienes, en la práctica, eran los encargados de definir el Decreto Supremo ( los recursos financieros asociados al mismo) al cual se imputada el gasto por el supuesto servicio o adquisición efectuada al proveedor y, además, de cursar la tramitación de las facturas respectivas, para su remisión a Tesorería del Ejército a los fines del pago efectivo de su valor;

4) Luego que la Tesorería transfería los fondos a la cuenta corriente del proveedor, en pago de las facturas falsas, este  procedía a retirar de inmediato una parte de esos dineros. En términos globales, el proveedor se reservaba para sí el valor del IVA de lo facturado más un 15% del valor neto de la factura, mientras que el resto de los dineros eran entregados , en efectivo o " en billetes" al Coronel del Ejército antes aludido;

5) Con este modo de operar se logró que, con cargo a dineros de la denominada "Ley Reservada del Cobre", el Ejército de Chile pagara un total de $981.955.590 por servicios o adquisiciones inexistentes, carentes de toda realidad y respaldo". 

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