Segundo retiro del 10%: ¿Desde qué fecha se podrá solicitar el dinero?
Distintas autoridades gubernamentales y de BancoEstado entregaron detalles sobre el inicio del proceso de solicitud del segundo retiro de los fondos de pensiones y entregaron recomendaciones para facilitar el proceso.
En dicho retiro podrán participar todos los afiliados a las AFP, incluyendo los activos, pensionados y beneficiarios de pensiones de sobrevivencia.
De este proceso quedan excluidas autoridades como el Presidente, ministros, subsecretarios, parlamentarios, gobernadores y personal a honorarios que asesore directamente a las autoridades.
Sobre los montos a retirar, el mínimo es de 35 UF y el máximo es de 150 UF. En otras palabras, el rango es desde $1.000.000 hasta $4.350.000 aproximadamente.
De igual manera, si el monto acumulado es menor a la cifra mínima, se autorizará el retiro de la totalidad de los fondos.
¿Desde cuándo se puede solicitar el retiro del segundo 10% de las AFP?
Las solicitudes para hacer efectivos los retiros podrán iniciarse a partir del jueves 10 de diciembre.
Cabe mencionar que la primera parte del proceso será de manera exclusivamente online, algo que estará vigente por dos semanas.
¿Cuáles son los plazos para recibir los pagos?
Las AFPs pagarán el monto retirado en dos cuotas cuando se trate de más de 35 UF.
La primera cuota se pagará en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la realización de la solicitud, mientras que la segunda en un plazo de 10 días hábiles tras el primer pago.
En caso de haber retiros inferiores a 35 UF, estos se pagaran en una cuota única en un plazo de diez días hábiles desde realizada la solicitud.
¿Qué pasa con los deudores de pensión de alimentos?
Se establece la retención, suspensión y embargabilidad de los fondos para quienes adeuden pensiones de alimentos.
¿Quiénes pagan impuestos?
Todos los afiliados que tengan rentas superiores a $1.500.000.
Afiliados que tengan rentas bajo los $1.500.000 no pagan impuesto.
¿Cuándo se pagan los impuestos?
El Servicio de Impuestos Internos (SII) no realizará la retención en el momento de la solicitud del pago, sino que se estabvlecerá en el pago de la próxima Operación Renta, fijada para abril de 2021.