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Demanda colectiva del Sernac contra La Polar: ¿Quiénes podrían ser indemnizados?

Demanda colectiva del Sernac contra La Polar: ¿Quiénes podrían ser indemnizados?
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La acción legal se debe a venta de ropa falsificada y por falta de información a los consumidores sobre las prendas que ha estado comercializando.

Este martes, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció que presentó una demanda colectiva contra la multitienda La Polar.

El organismo detalló que la acción legal se debe a venta de ropa falsificada y por falta de información a los consumidores sobre las prendas que ha estado comercializando. 

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Por ello, el Servicio solicita indemnizaciones para todos los consumidores afectados por las mencionadas prácticas y que se apliquen las máximas multas y sanciones que establece la ley.

¿Quiénes serían los beneficiados?

En ese sentido, la demanda establece dos grupos de beneficiarios con sus respectivos subgrupos.

El Grupo 1 corresponde a los consumidores que compraron prendas vendidas por La Polar de marcas internacionales que no son auténticas u originales. Ellos deben ser indemnizados por el daño emergente causado por la disposición patrimonial o por el valor de compra de estos productos. 

  • En el subgrupo n°1 están quienes compraron en forma presencial a quienes se les debe indemnizar por el valor de la compra más los gastos incurrido para concurrir a la tienda. 
  • En el subgrupo N°2 figuran quienes compraron a través de internet y pagaron el servicio de despacho, deben ser indemnizados por el valor de las compras y el despacho del producto.

El Grupo 2 considera a quienes adquirieron prendas vendidas por La Polar de marcas originales que, pudiendo ser eventualmente originales, corresponde a segunda o tercera selección, stock sobrante o saldos de otras temporadas, las cuales no cumplen con los estándares de calidad que dichas marcas aplican a los productos de primera selección. 

En el subgrupo 1 del Grupo 2, están quienes compraron dichas prendas de manera presencial y deben ser indemnizados por el valor de la compra y los gastos incurridos, y en el subgrupo 2 están quienes compraron por internet y deben ser indemnizados por el valor de la compra más lo pagado por el servicio de despacho del producto.

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