Préstamo Solidario: Revisa hasta cuándo se puede postular para el pago de julio
Este mes de julio también se abrirá proceso de postulación al Préstamo Solidario 2021, un beneficio que está destinado a ayudar a las familias más afectadas económicamente por la pandemia del coronavirus en Chile.
Por fecha: revisa que día te corresponde el pago del IFE Universal de junio
El beneficio está destinado a personas naturales y empresarios individuales que cumplan con los requisitos y contempla un monto correspondiente a la totalidad de la caída de ingresos formales, con un tope máximo de $650.000 por cuota.
Por lo mismo, con el préstamo se puede acceder a un máximo de tres cuotas, pero si se accedió al Bono Clase Media 2021, el máximo será de dos cuotas.
¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder a este préstamo, los requisitos que se deben cumplir es haber tenido una caída en tus ingresos formales de al menos 10% en el segundo semestre de 2020 e igual periodo de 2019.
De igual manera, no tener montos pendientes de restituir por haber obtenido indebidamente el Bono y/o el Préstamo Solidario 2020.
¿Cuándo y dónde solicitar el Préstamo Solidario 2021?
El Préstamo Solidario podrá solicitarse a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) a partir del 8 de julio y hasta el 31 del mismo mes., para acceder al pago de este mes.
Sin embargo, también podrá ser solicitado entre el 8 y el fin de cada mes hasta octubre de 2021.
Los pagos se harán en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la solicitud y se puede solicitar que sean entregados a través de transferencia bancaria o por caja en BancoEstado.
¿Cómo se devuelve?
Respecto a su devolución, este beneficio tendrá un año de gracia y se pagará a partir de 2023 en cuatro cuotas anuales y sucesivas.
Las personas que soliciten el préstamo deberán pagar una primera cuota de 10% del monto total y luego tres cuotas del 30%. Cada uno de estos pagos no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.
En tanto, los pensionados deberán devolver el dinero a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, las que no podrán exceder el 5% del monto de su pensión.