¿Cuáles son las penas que arriesgan las personas que saquean los supermercados?
Durante las diferentes jornadas de manifestaciones que se han llevado a cabo en el país desde el viernes, las imágenes de los saqueos a los supermercados han sido unas de las protagonistas en las redes sociales.
Algunas personas, de las cuales no se puede estar seguro si fomar parte del movimiento que busca igualdad social en el país, han aprovechado la contingencia para entrar a diferentes supermercados para robar, destruir e incluso incendiar.
¿Qué arriesgan las personas que saquean los supermercados?
Myrna Villegas, académica del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, le explicó a T13 que estas personas arriesgan penas por dos delitos: robo en lugar no habitado y delito en contra de la Ley de Seguridad Interior del Estado.
Por un lado, si una persona es capturada robando dentro de un supermercado, solo debería tener la pena del robo en lugar no habitado. Esto se refiere a presidio menor en su grado medio a máximo, es decir, una pena de desde 541 días hasta 5 años de presidio.
Sin embargo, a esto se le podría agregar algún tipo de agravante. Por ejemplo, si la persona porta un arma blanca mientras está en el local, podría tener una pena más alta.
Por otro lado, si una persona es encontrada fuera del supermercado, participando en alguna clase de manifestación para abrir el lugar, esta sería sancionada con la Ley de Seguridad del Estado.
En este caso también se aplicaría una pena presidio menor en su grado medio a máximo, 541 días hasta 5 años de presidio.
Las personas podrían ser sancionadas por ambas penas solo si es que se pudiese comprobar antes de encontrarse robando, se encontraba causando daño público.
¿Qué pasa si no es la primera vez que cometo este delito?
Todo estas penas también deben considerar el Artículo 449 del Código Penal, el cual dice que si las personas son reincidentes en el delito, es decir, si han sido atrapados antes robando o atentando contra la Ley de Seguridad del Estado, el tribunal nunca podrá aplicar el grado mínimo de la pena.
Esto significaría que en este caso, las personas atentan con penas desde 3 años y un día hasta 5 años de presidio, sin optar a algo menor.