Corte de Santiago rechaza recurso de amparo por uso de escopetas antidisturbios
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este miércoles el recurso de amparo presentando en contra de Carabineros por el uso de la escopeta antidisturbios en las manifestaciones sociales, que ha dejado a 964 ciudadanos heridos, según cifras del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).
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"Además de entregarse constitucionalmente el uso de la fuerza legítima a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para el resguardo, mantención y restablecimiento del orden público, la normativa que rige a Carabineros de Chile, principal llamado a esta que constituye no solo una misión, sino que también un deber, contiene disposiciones precisas que permiten, regulan, acotan y precisan las condiciones de utilización de la clase de implementos a que se refiere el recurso", dice el fallo.
La Corte de Apelaciones además, tal como lo ha dicho en reiteradas ocasiones el general director de Carabineros Mario Rozas, consideró que en los casos que el protocolo de Carabineros permite el disparo de estas municiones “son similares a aquellos en que la ley faculta para obrar en legítima defensa”.
De todos modos, desde la justicia aseguraron que no respetar esta normativa es “evidentemente ilegal”, sin embargo eso no convierte a la misma normativa ilegal, “y es por ello que la acción de amparo debe ser desestimada".
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El fallo de la Cuarta Sala del tribunal de alzada fue dividido, con el voto en contra del fiscal judicial Jorge Norambuena, y a favor del ministro Jaime Balmaceda y el abogado Rodrigo Asenjo.
Pese a este fallo, desde la institución policial anunciaron el martes que suspendieron el uso de los perdigones "de goma", luego que un estudio de la Universidad de Chile demostrara que la composición de la munición era tan sólo en un 20 por ciento de caucho, y el resto de metales como plomo.
Otra investigación del Laboratorio de Criminalística de Carabineros confirmó que el informe del proveedor que fabricó los perdigones, tenía fallas.