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Corte ordena sumario en Gendarmería por presa que sufrió un aborto y pasó más de 5 horas engrillada

Corte ordena sumario en Gendarmería por presa que sufrió un aborto y pasó más de 5 horas engrillada
T13
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La mujer que sufría de fuertes dolores que derivaron en un aborto fue trasladada a tres centros de salud distintos, siempre engrillada.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a favor de una joven de 19 años embarazada y que está privada de libertad en Cholchol y estuvo engrillada de manos y pies por más de siete horas, pese a complicaciones obstétricas que derivaron en un aborto espontáneo.

Los hechos ocurrieron el 7 de abril de este 2022 en el Centro de Internación Provisoria y de Régimen Cerrado de Cholchol, donde la joven tuvo síntomas graves por su embarazo y debieron llevarla a un centro de salud, pero el traslado se realizó en un carro de Gendarmería donde ella permaneció engrillada.

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De acuerdo con los antecedentes que reunió el INDH de La Araucanía, la joven estuvo engrillada de pies y manos durante el traslado hasta el Cesfam de la comuna; luego desde este lugar hasta el Hospital de Nueva Imperial; a continuación, hasta el Hospital Hernán Henríquez Aravena de Temuco; y finalmente en el regreso a Cholchol.

Desde el INDH acusan que la joven permaneció aproximadamente cinco horas engrillada de pies y manos, mientras sufría dolores físicos y se mantenían los síntomas de riesgo de su embarazo. Sobre todo, mientras enfrentaba una afectación emocional por un aborto espontáneo y por las condiciones en que éste se produjo.

“El obrar por parte de Gendarmería se estima contraviene la normativa nacional e internacional a la que Chile se ha obligado en el tratamiento de personas privadas de libertad, constituyendo una forma de coerción indigna e improcedente, por cuanto sólo era suficiente la vigilancia presencial para controlar un eventual riesgo de evasión”, dice el fallo de la tercera sala.

“El uso de estas medidas constituye un acto de discriminación en su condición de mujer, al desconocerse su estado de vulnerabilidad y necesidades de protección, trasgrediendo el derecho a vivir una vida libre de violencia, que se encuentra garantizado en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, añade.

La corte de Temuco instruyó otorgar atención en salud mental a la afectada y que Gendarmería revise y adecue, de ser necesario, sus protocolos de actuación para el traslado a centros de salud externos, conforme a la normativa internacional suscrita por Chile relativa a mujeres privadas de libertad.

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