Corte declara admisible recurso contra Red Salud UC por no realizar examen a mujer trans
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible un recurso de protección presentado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) en contra de la Red Salud UC Christus. El motivo de la denuncia es porque una clínica de la empresa se negó a atender a una mujer trans por su nuevo nombre.
La mujer ya había rectificado su partida de nacimiento, cambiando su nombre y sexo legal, según cuenta el colectivo LGBTI, sin embargo, desde el laboratorio de la Universidad Católica se negaron a analizar una muestra de sangre y pusieron como condición para hacerlo que la mujer dé a conocer el nombre y sexo de nacimiento.
"Teniendo ella una identificación e identidad nueva, siempre manteniendo su RUT, no es necesario solicitar documentación que corresponde al ámbito de su vida privada", explicó la abogada del Movilh Paz Becerra.
La exigencia de Red Salud UC Christus “vulnera la dignidad, el derecho a la igualdad y no discriminación, el debido proceso y su integridad psíquica, todos derechos que garantizados en la Carta Fundamental, en todas sus formas”, añadió Becerra.
Desde el Movilh además calificaron el actuar de la clínica como “transfóbico e invasivo”. “No tiene ninguna justificación práctica. Al parecer ellos quisieran llevar un catastro o ‘lista negra’ de personas trans, lo cual es impresentable. La Ley de Identidad de Género es clara: el nombre y sexo legal de nacimiento de las personas trans debe permanecer en estricta reserva luego de que cambien su identidad”, dijo el representante del Área de Salud del Movilh Diego Ríos.
Red Salud UC desmiente situación
Desde la Universidad Católica han negado estas acusaciones y aseguraron que la prestación de salud no se realizó en dependencias de la Red Salud UC Christus.
"La única información que tenemos sobre este caso es la consulta que recibimos -en forma verbal y vía mail- desde el Hospital Sótero del Río respecto del protocolo de nuestra institución en relación a los cambios de nombre, a lo que se les informó que el procedimiento general en estos casos es solicitar cédula de identidad antigua, cédula nueva y resolución judicial, cuya procedencia se analiza caso a caso en cada oportunidad en que se requiere modificación de los datos personales en la ficha clínica", explicaron a través de un comunicado.
Pese a la documentación legal, desde la UC aseguraron que tienen "la obligación de verificar la identidad para resguardar la seguridad del paciente y tener la certeza que el análisis, diagnóstico y tratamiento que derive de cualquier atención sea efectivamente entregado a la persona que lo requiere".