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Corte de Apelaciones ratifica fallo que obliga a padres a vacunar a su hijo menor de edad

Corte de Apelaciones ratifica fallo que obliga a padres a vacunar a su hijo menor de edad
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“Desde el punto de vista ético, se justifica la obligatoriedad por el principio de solidaridad (…) destacando el bien superior de proteger a la totalidad de la población gracias a una alta cobertura”, señaló el fallo.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta ratificó el fallo que ordena vacunar a un menor de edad y cuyos padres se negaron a inocularlo.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la medida anteriormente adoptada por el Juzgado de Familia de Calama, que había ordenado el cumplimiento con el plan nacional de vacunación de menores de edad.

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De acuerdo a lo señalado en el fallo, “es un hecho innegable que por regla general las decisiones sobre educación, religión y salud de un niño corresponden a sus padres, pero en casos excepcionales como el presente, en que se puede concluir que existe un abuso de esta potestad parental, toda vez que al intentar imponer propias creencias se pone en riesgo la salud del niño, al privarlo de la inmunidad que el plan aporta, actuando en contra de su interés superior, se justifica la intervención del aparato público, como ocurre en el presente caso”.

“Es claro que la vacunación, como herramienta de política pública y que ha sido definida como un bien público, se encuentra dentro de la excepción de la regla del artículo 14 que limita el derecho del paciente para otorgar o rechazar un tratamiento médico, dado que ello está enmarcado dentro del principio más general que señala que la libertad de un individuo en uso de su autonomía personal, de hacer o no hacer determinada cosa, está limitado cuando ello afecta la libertad o los derechos de otra persona, en este caso del colectivo social, pues al rechazar la vacunación se está poniendo en riesgo a la población”, agregaron.

Sobre lo mismo, insistieron que “desde el punto de vista ético, se justifica la obligatoriedad por el principio de solidaridad, que va más allá del derecho a decidir sobre la vacunación individual, destacando el bien superior de proteger a la totalidad de la población gracias a una alta cobertura”.

 

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