Contraloría habló: Municipios no pueden prohibir que vecinos alimenten a perros callejeros
Un dictamen de Contraloría confirmó que los vecinos pueden cuidar, ya sea alimentando o entregando refugio, a animales abandonados.
Esta decisión fue confirmada por el ente fiscalizador luego que la Municipalidad de San José de Maipo prohibiera el cuidado de animales callejeros, por lo que el municipio deberá modificar la ordenanza.
La resolución argumentó que la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía "reguló expresamente la situación de los animales que se encuentren abandonados o perdidos, en particular, la de perros y gatos, permitiendo respecto de los primeros, que aun careciendo de dueño puedan ser alimentados y cuidados por la comunidad, sin establecer como prohibida (esta) conducta por parte de los vecinos, y respecto de los segundos (felinos), la posibilidad de monitorearlos por la entidad edilicia, sin que se impida la provisión de cuidados por parte de la población".
El documento señala que "el legislador no solo ha permitido que puedan cuidar a los animales abandonados o perdidos, sin que por ello se establezca una sanción, sino además, ha prohibido y penalizado su abandono".
A pesar de que este dictamen surgió a raíz de una presentación ciudadana en contra de un municipio específico, el alcance de esta resolución es extensiva a todas las municipalidades del país.