Este miércoles en la tarde la Cámara de Diputados aprobó por 97 votos a favor la "Ley Ricarte Soto", dejándola lista para ser promulgada por el Ejecutivo. Esto, luego de que el gobierno le pusiera discusión inmediata al proyecto, que formaba parte de las prioridades para despachar antes del 21 de mayo.
La iniciativa ingresó al Congreso el 31 de enero de 2015 y busca crear un Sistema de Protección Financiera para Tratamientos de Alto Costo y rinde homenaje póstumo al periodista Luis Ricarte Soto, quien falleció de cáncer abogando por mejorar la cobertura de la Salud en el país.
Principales discrepancias
Una de las críticas de los parlamentarios, que en esta ocasión fue manifestada por la diputada Karla Rubilar (Independiente), apunta a que la norma regula la integración gradual de los aportes fiscales anuales para el Fondo, disponiéndose que éstos serán de 30 mil millones de pesos al 31 de diciembre de 2015, 60 mil millones durante el 2016, para llegar en el 2017 los 100 mil millones de pesos.
"Los dos primeros años no cubriremos los 15 mil que prometió el gobierno, con suerte llegaremos a los 7 mil. No entiendo la premura del 21 de mayo, al contrario entiendo la premura de los enfermos, que necesitan una norma eficiente", apeló Rubilar.
"Es una ley maravillosa que va a generar desilusión, pero esta Ley no merecía generar desilusión", agregó la diputada.
Por su parte Gustavo Hasbún (UDI), considera que esta Ley "no sólo debe ser un homenaje para Ricarte Soto, sino que debe cumplir con beneficiar a personas con 'enfermedades raras'. Adelantar esta votación, no lo asegura", advirtió.
Hasbún reclamó que espera que la ministra de Salud, Carmen Castillo, a través de reglamentos, "pueda dilucidar una serie de interrogantes que existen en relación al proyecto, como lo será el impacto financiero".
"Cuando eliminamos el copago, no se pensó en inyectar nuevos recursos, entonces se debe resolver cómo se van a cubrir las necesidades de las enfermedades raras, dinero que se gastará para cubrir las modificaciones que se le hayan hecho a la Ley", manifestó.
"Necesitamos saber además cuál es el porcentaje real de 'enfermedades raras' existentes en el país, ¡porque no lo tenemos!", aseguró
Para Jorge Rathgeb (RN), la puesta en marcha de la Ley, "no va a funcionar y los medios criticarán que se promocionó como una gran solución, que no cumplió su objetivo. Muchos a quienes escuchamos entregar su testimonio en la Comisión van a fallecer antes, porque no tuvieron una solución definitiva", reclamó el diputado.
"De todas formas la apoyaremos y votaremos a favor, pero esperando que a futuro no saquemos Leyes de forma rápida. Es más, la presidenta tendrá que dar explicaciones, porque la Ley tiene letra chica", apuntó Rathgeb.
Principales acuerdos del proyecto
La norma crea, dentro del Régimen General de Garantías en Salud (AUGE), un Sistema de Protección Financiera para el Otorgamiento de aquellos Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, tales como enfermedades oncológicas, inmunológicas y raras o poco frecuentes que, cumpliendo las características que se establecen, sean determinadas a través de un decreto del Ministerio de Salud.
A su vez, otorga cobertura económica no sólo al tratamiento asociado a determinadas enfermedades, sino que también al diagnóstico de las mismas, cuando ello sea de un alto costo, lo que se determina por la circunstancia que su valor impida el acceso al diagnóstico o al tratamiento, o impacte catastróficamente en el gasto de los beneficiarios.
De esta forma, crea un Fondo para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo destinado al financiamiento total o parcial de los beneficios del Sistema de Protección Financiera que regula este proyecto de ley, señalándose los recursos con que se integrará, entre los cuales se cuentan aportes fiscales anuales por un monto de hasta cien mil millones de pesos.
Paralelamente, crea una Comisión Ciudadana de Vigilancia y Control del Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, cuya composición y representatividad establece, encargada de asesorar a los ministros de Salud y de Hacienda, a través del monitoreo del funcionamiento de este Sistema y de la respectiva elaboración de recomendaciones.
La Ley también obliga a que el Minsal lleve un registro público de las asociaciones o agrupaciones de pacientes de enfermedades o problemas de salud contemplados en el Sistema de Protección Financiera.
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