Este martes se publicó en el Diario Oficial el reglamento de la Ley No Chat, que aumenta las penas para las personas que estén mirando su teléfono u otro aparato electrónico mientras manejan un vehículo.
Los conductores que no acaten la normativa se exponen a multas que van hasta los 160 mil pesos y a la suspensión de licencia por hasta 45 días, en caso de ser la primera vez que incurren en la infracción.
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En concreto, la modificación legal que fue aprobada en septiembre de 2021, agrega el numeral 5 en el artículo 199 de la Ley de Tránsito, trasladándose esta acción desde el marco de las infracciones graves a las gravísimas.
“Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga de fábrica incorporado en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento”, dice la ley.
Según informes de la Organización Mundial de la Salud, chatear y manejar es como haber bebido cuatro cervezas. Esto, porque la persona disminuye su atención a las condiciones de tránsito y se desconecta de su entorno en general.
Respecto a las multas, las infracciones gravísimas son sancionadas con multas entre 1,5 a 3 UTM ($74.584 – $160.169 aproximadamente), además de la suspensión de la licencia de conducir por un plazo entre 5 a 45 días, el cual puede ser aumentado de 45 a 90 días en caso de reincidencia.
Cabe señalar que en 2020 hubo que lamentar más de 21 mil siniestros de tránsito y 186 fallecidos por conductores que no estuvieron atentos a las condiciones del tránsito.