Este viernes 23 de febrero la Corte Suprema en un fallo unánime confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio.
Los ex agentes de la DINA fueron condenados por el secuestro calificado de la pareja de cineastas de Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes.
La Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko como autores del delito.
En tanto, Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana deberán cumplir 12 años de cárcel, como coautores.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.
La resolución agrega: “Que, en consecuencia, y aun soslayando los graves defectos formales de los recursos de nulidad sustancial examinados, las infracciones denunciadas por las defensas de Carlos López Inostroza, Jerónimo Neira Méndez, Luis Videla Inzunza, Pedro Alfaro Fernández, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza Bravo y César Manríquez Bravo, no se han configurado en la especie, desde que los hechos establecidos en la sentencia impugnada y la participación en ellos de estos acusados, se han ajustado a las leyes reguladoras de la prueba, de manera que ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”.
Con esta condena el exbrigadier Miguel Krassnoff suma 1047 años de cárcel, en una serie de condenas por violaciones a los Derechos Humanos.
Operación Colombo: la condena de Miguel Krassnoff
El 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del MIR, fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), los introdujeron a una camioneta y fueron trasladados al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado ‘Villa Grimaldi’, en La Reina.
Posteriormente, los trasladaron hasta el recinto de reclusión clandestino denominado ‘Cuatro Álamos’, en Santiago. Allí, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, sometidos a interrogatorios bajo tortura.
No hay registros exactos de la última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida. Lo que se sabe es que fue un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de la pareja de cineastas, encontrándose desparecidos.
Realizan marcha en conmemoración de víctimas de Operación Colombo
Carmen Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en una revista argentina, el 15 de julio de 1975, en la que se aseguraba que Carmen había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros. Sin embargo, estas publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes fueron parte de las maniobras de desinformación de la Operación Colombo, efectuada por agentes de la DINA en el exterior.