Bono Maternal: revisa quiénes pueden solicitar este aporte y cuál es el monto
La Asignación Maternal o Bono Maternal es un subsidio estatal para las trabajadoras embarazadas y los trabajadores, respecto de sus cónyuges embarazadas, que sean causantes de Asignación Familiar.
Este beneficio se paga por todo el período que comprende el embarazo.
Según ha detallado el Instituto de Previsión Social (IPS) debido al alto riesgo en que se encuentran expuestas las mujeres embarazadas por la contingencia producida por la pandemia del COVID-19, se autorizó a la acreditación de cargas maternales con el certificado del quinto mes de embarazo, sin el timbre correspondiente, evitando a que acudan a la Compin.
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¿Quiénes tienen derecho al beneficio?
Tienen derecho a este beneficio:
- Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).
- Los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.
¿Cuál es el monto?
El beneficio puede ser solicitado solamente a partir del quinto mes de embarazo, pero una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, éste se paga retroactivamente y por todo el período de gestación.
Para el año 2021, estos son los montos de las asignaciones maternales para beneficiarios cuyos ingresos mensuales están entre:
Rango de ingreso (en pesos) | Monto de la asignación |
Hasta $342.346 | $13.401 |
Entre $342.347 y $500.033 | $8.224 |
Entre $500.034 y $779.882 | $2.599 |
Desde $779.883 | $ 0 |
No tienen derecho al beneficio: pensionadas, cónyuges embarazadas de pensionados y personas cuyo ingreso mensual sea superior a $779.883.
¿Cómo postular?
Para solicitar el Bono Maternal debe presentar los siguientes documentos según sea el caso:
Si usted es trabajadora:
- Cédula de identidad vigente.
- Si es extranjera debe contar con una cédula de identidad emitida para extranjeros residentes en Chile.
- En caso de que un apoderado haga el trámite por usted, debe firmar un poder notarial simple.
- Un Certificado médico que acredite que se encuentra en el quinto mes de embarazo, el cual debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Si usted es carga de un trabajador:
- Autorización de carga familiar del trabajador.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. (Con las mismas caracteristicas mencionadas arriba)
El trámite se puede realizar durante todo el año. Para esto se deben reunir los antecedentes mencionados. Luego, debe dirigirse a un Centro de Atención IPS-ChileAtiende y entregar los antecedentes requeridos.
Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Si cumple los requisitos, podrá recibir inmediatamente dos copias de la resolución de autorización de la Asignación Maternal. Éstas deben ser presentadas a su empleador y al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) o Isapre respectiva.
¿Dónde se cobra?
En el caso de las mujeres que trabajan como dependientes o son cargas de sus cónyuges: el pago lo hace el empleador a partir del momento en que la trabajadora le presenta la autorización de carga que obtuvo en IPS.
Si ya no trabaja con ese empleador, el IPS solicita a la Inspección del Trabajo, la inspección y verificación para que pague el IPS.
En algunos casos también puede el IPS pagar en forma directa (por ejemplo, el trabajador dejó de trabajar, tenía el derecho por algún causante y su empleador no le pagó, en ese caso el IPS le puede pagar de manera retroactiva).