Bono dueña de casa: ¿Puedo recibir el beneficio?
El Bono de Protección o “Bono Dueña de Casa” es un beneficio mensual entregado durante dos años por el Estado a las mujeres jefas de hogar y dueñas de casa más vulnerables.
El beneficio entregado por el Ministerio de Desarrollo Social es recibido por todas las mujeres que son usuarias del Programa Chile Seguridades y Oportunidades.
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Por lo anterior, este bono no se postula, sino que solo es necesario haber aceptado participar en el Acompañamiento Psicosocial (APS) y pertenecer al subsistema de Chile Seguridades y Oportunidades del Ingreso Ético Familiar con un Registro Social de Hogares (RSH actualizado).
¿Cómo Saber si soy beneficiaria del Bono Dueña de Casa?
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Para Saber si es beneficiaria, debe pertenecer al Programa Chile Seguridades y Oportunidades del Ingreso ético Familiar.
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También puede hacerlo llamando gratis desde red fija al 800 104 777 opción 2 (o desde celulares al +56 2 2675 1400).
¿Cuál es el monto que entrega el beneficio?
El monto mensual a pagar por hogar o persona usuaria, es diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del APS, de acuerdo a los siguientes tramos (valores año 2021):
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Los primeros 6 meses el bono asciende a $18.400
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Desde el mes 7 al mes 12, el bono asciende a $14.003
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Desde el mes 13 al mes 19 el bono asciende a $9.627
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Desde el mes 19 al 25 el bono asciende a $13.401
¿Cómo y cuándo se paga el Bono para Dueñas de Casa?
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El primer pago se realiza dentro de una fecha cercana a la primera sesión de “Acompañamiento Psicosocial”.
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El Bono de Protección corresponde a pagos mensuales para el beneficiario por un periodo de 24 meses, y su valor varía de acuerdo al mes en que lo recibe.
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El beneficio se paga a través depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador del hogar, o en la Cuenta RUT. El pago presencial es en la caja de compensación Los Héroes y en las sucursales de Banco Estado correspondiente a su domicilio.
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Hay un plazo de seis meses para cobrar el beneficio. En caso contrario, se entenderá que renunció al bono.
El pago se realiza según el siguiente orden de prioridad:
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Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
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Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
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Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
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Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 y 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
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Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
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Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a un menor de 18 años.