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Así puedes solicitar la retención del Bono Clase Media por deudas en pensiones alimenticias

Así puedes solicitar la retención del Bono Clase Media por deudas en pensiones alimenticias
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El Poder Judicial habilitó la función "para todas las personas que lo requieran". Eso sí, es un trámite independiente al de la retención del 10% de los fondos previsionales

El Poder Judicial habilitó una nueva función para que "todas las personas que lo requieran" puedan solicitar la retención y liquidación judicial del Bono Clase Media por deudas en pensiones alimenticias.

Eso sí, el trámite es independiente al del 10% de los fondos previsionales, por lo que deben solicitarse ambos por separado en caso de ser requerido.

Para realizarlo, los interesados deben ingresar al sitio web o al portal web del Poder Judicial seleccionando el apartado de Oficina Judicial Virtual.

Luego de haber ingresado a la plataforma de Trámite Fácil, el usuario deberá seleccionar el tipo de escrito "Retención del aporte a la clase media (leyes 21.242 y 21.252) y liquidación". Para esto se requiere la Clave Única del Estado o la Clave del Poder Judicial (o "Segunda Clave", la que puede ser creada por el usuario, ingresando con su Clave Única del Estado a la opción Mis Datos de la misma Oficina Judicial Virtual, ya que NO se entrega de forma presencial).

Según detalla el Poder Judicial, "la selección de la causa correcta es uno de los pasos más importantes de este proceso, debiendo ingresar el formulario en la causa donde se encuentran decretados u acordados los alimentos vigentes. Al ingresar los datos, el sistema muestra las causas asociadas a su rut en orden cronológico".

Así, "si cuenta con una causa de cumplimiento Z y la materia es Alimentos, se sugiere ingresar solicitud a esa causa. Las solicitudes de retención y liquidación por pensiones adeudadas con motivo de estas leyes, deberán realizarse en la causa que corresponda", añade. 

¿Cómo llenar el formulario para solicitar la retención de los fondos?

1. La persona deberá llenar los campos correspondientes que son solicitados por el sistema y luego presionar el botón Siguiente (se sugiere mantener actualizado su domicilio particular).

2. Este trámite no requiere adjuntar documentos. Por lo que solo debe continuar nuevamente con el botón Siguiente.

3. Se visualizará todos los datos de su presentación, pudiendo modificar la información presionando el botón Atrás o si está correcta, seleccionar el botón Enviar Poder Judicial.

4. Una vez enviada la presentación, aparecerá un mensaje indicando que el ingreso del trámite fue realizado correctamente, arrojando el formulario, el certificado de envío y un código de verificación del mismo.  Asimismo, existe la posibilidad de ingresar en la misma ventana una dirección de correo electrónico para el envío de los documentos mencionados anteriormente. 

5. Tras ingresar un correo electrónico válido, un mensaje informará el envío de los documentos. Mientras no presione el botón Aceptar, puede escribir un correo diferente y realizar otro envío de los documentos.

6. Finalmente, recibirá un correo electrónico con los datos de la causa, el formulario enviado y el certificado de envío en formato PDF. En el certificado de envío se visualizará los datos de la causa, tipo de solicitud e información del usuario que realizó la remisión del trámite al tribunal.

Por último, la Corporación Administrativa del Poder Judicial creó un nuevo tipo de escrito en la Oficina Judicial Virtual (OJV) para ser usado por abogados y usuarios(as) que no deseen utilizar el Trámite Fácil. Este se denomina "SOLICITA RETENCIÓN Y LIQUIDACIÓN LEYES 21.242-21.252".

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