Bono clase media: Cómo postular si soy trabajador dependiente, independiente o empresario
Desde el pasado sábado 1 de agosto, los trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales, pueden acceder a un bono –clase media– de hasta 500 mil pesos, no reembolsable, para que puedan paliar los efectos de la pandemia.
Este beneficio, que nació en paralelo al proyecto que permite el retiro de hasta el 10% de los fondos de pensiones, incluye a quienes antes de la crisis provocada por el COVID-19 recibían un sueldo entre 400 mil pesos y $1,5 millones, y han visto disminuido en al menos un 30% sus ingresos.
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Pero la gran pregunta que se hacen muchos es ¿Cómo postular si soy trabajador dependiente, independiente o empresario? A continuación lo detallamos.
¿Cómo acceder si soy trabajador dependiente?
Se deben cumplir dos requisitos: primero, que el promedio mensual de todos los ingresos que se obtuvo durante 2019 (incluyendo remuneraciones, intereses, entre otros) tiene que ser igual o mayor a $400 mil y menor o igual a $2 millones.
En este caso para verificar si se cumple con este punto, las remuneraciones de 2019 se deben dividir por 12 (aunque no hayas tenido ingreso todos los meses). El monto que resulte de esto debe estar en a $400 mil y menor o igual a $2 millones.
El segundo requisito, es que el ingreso (remuneraciones y/o seguro de cesantía) que se obtuvo en el mes de julio, debe ser al menos un 30% menor al promedio de las remuneraciones que se obtuvo en 2019.
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Para calcularlo se debe sumar el total de las remuneraciones que se obtuvo en 2019, y dividirlo por el número de meses en los que se recibió. Luego, se debe comparar el ingreso de julio (remuneraciones y/o Seguro de Cesantía) con ese resultado. La diferencia debería ser de al menos un 30%.
¿Cómo acceder si soy trabajador independiente?
Para saber si este trabajador cumple con el requisito de disminución del 30% en su ingreso mensual de julio, respecto de su ingreso promedio mensual 2019, se considerará el promedio de ingresos por concepto de honorarios obtenidos entre abril de 2019 y marzo de 2020.
Además, estos trabajadores deben cumplir con el requisito de haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 3 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 6 meses entre abril 2018 y marzo de 2020. En ambos casos, las boletas de honorarios electrónicas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.
Si se cumple con los requisitos, el aporte que se reciba reemplazará al subsidio de un monto máximo de $100 mil que estaba contemplado para apoyar el reintegro del beneficio, desde la Operación Renta 2022.
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Si no se solicita el aporte o no se tiene derecho a este, se tiene la posibilidad de solicitar el crédito solidario reembolsable desde el 8 hasta el 31 de agosto, si se cumple los requisitos.
¿Cómo acceder si soy empresario individual?
Para conocer si se cumple con el requisito de disminución del 30% en su ingreso mensual de julio, respecto de su ingreso promedio mensual 2019, se considerará el promedio de la base imponible declarada para el cálculo del Pago provisional mensual (PPM), entre octubre de 2018 y septiembre de 2019.