Bono Base Familiar: ¿Cómo acceder al beneficio al que no hay que postular?
El ministerio de Desarrollo Social mantiene abiertas las postulaciones al Bono Base Familiar, beneficio destinado a los participantes de Chile Seguridades y Oportunidades y al que no se debe postular.
Esto producto de que se activa automáticamente en la medida de que se cumplan los siguientes requisitos:
- Estar participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o del Acompañamiento Sociolaboral (ASL) en los programas Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos.
- Que su ingreso per cápita mensual sea inferior a $41.820. (valor de la línea de extrema pobreza para el año 2020).
De igual forma, el día 15 de cada mes se verifica el cumplimiento de estos requisitos para identificar quiénes tienen derecho a percibir este bono.
¿Cuánto es el monto que recibo?
El monto del bono varía mensualmente, dependiendo de la situación económica de la familia o persona participante de Chile Seguridades y Oportunidades, y cubre el 85% de la diferencia entre sus ingresos mensuales per capita y el valor de la línea de pobreza extrema ($41.820).
El monto decrecerá un sexto por mes a contar del mes 17 del aporte, en la medida que se sigan cumpliendo los requisitos, que se verifican mes a mes.
Como referencia, el monto máximo pagado durante el primer cuatrimestre del año en curso alcanzó los $28.657 mensuales.
¿Dónde se cobra el bono?
Es la familia o persona participante de Chile Seguridades y Oportunidades quien elige la forma en que recibirá y cobrará el bono de protección, que puede ser mediante:
- Depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador de la familia, o en CuentaRUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sin costo para el usuario. Para la modalidad de pago bancario se aplica un subsidio equivalente a 700 pesos mensuales que permite al usuario realizar dos giros mensuales y emitir una cartola bancaria.
- Pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir, con su cédula de identidad, el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de losbeneficios familiares.
¿Quién puede cobrarlo?
El pago del Bono Base Familiar se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificaciónde invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.
¿Cuál es el plazo para cobrar este bono?
Respecto de las familias y personas que elijan como medio de pago la modalidad presencial, el plazo para el cobro es de 6 meses, tiempo después del cual se entiende que el participante renuncia a este beneficio.
En el caso de participantes que elijan la modalidad de depósito electrónico (pago bancario), no existe plazo ya que el pago, una vez emitido, es transferido directamente a la cuenta bancaria del usuario.