Siguiendo con su agenda valórica a seis meses de que finalice su gobierno, este lunes la Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de ley que tipifica como delito la incitación al odio.
La iniciativa propuesta busca agregar un artículo al Código Penal que castigue a quien públicamente ─o a través de un medio para su difusión masiva─ a quien incite directamente a la violencia física contra una persona o un grupo de personas, ya sea por su raza, origen nacional o étnico, sexo, orientación sexual, identidad de género o creencias.
“Estamos reivindicando los principios esenciales que sustentan la democracia de nuestra República: la diversidad, la tolerancia, el respeto y, sobre todo, una cultura de paz donde no puede haber lugar para la violencia ni el odio”, señaló Bachelet en la firma del proyecto, acompañada de sus ministros de la Segpress, Segegob y Justicia.
El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, calificó la iniciativa como "un avance hacia la prevención de los abusos y discriminación contra los sectores históricamente postergados".
Y agregó que solo en el caso de personas de la comunidad LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales) desde 2002 a 2016 se han denunciado 484 discursos de odio y 306 campañas homo/transfóbicas.
Por su parte, el presidente de la Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, celebró el proyecto y destacó en la necesidad de avanzar en las reformas pendientes de la Ley Antidiscriminación.
"Si bien esta ley busca evitar que se llame a usar la violencia física contra ciertos grupos de personas, la discriminación se manifiesta de muchas otras formas, en ambientes laborales poco inclusivos, en centros de salud, en colegios y universidades y, por lo tanto, sigue siendo urgente tener una LAD lo más robusta posible", dijo Pi.
Las penas del proyecto
El proyecto de ley establece una pena por este delito de presidio menor en su grado mínimo, de 61 a 540 días y multa de treinta a cincuenta unidades tributarias mensuales, de $1.400.790 a $2.334.650, aproximadamente.
En caso de que el delito sea cometido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones o en razón de su cargo, la pena irá de 541 días a 3 años, y la multa será de 50 UTM
Además, se modifica la ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, para hacerlas responsables de este delito cuando sea cometido en interés de dichas personas jurídicas por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos, representantes o quienes tengan funciones de administración y supervisión.
Asimismo, se elimina la norma de la Ley de Prensa que solo castigaba con multa a quien hiciera publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad a través de cualquier medio de comunicación social.