La Cámara de Diputadas y Diputados respaldó los cambios efectuados al proyecto de Ley que otorga un descanso reparatorio para los trabajadores del sistema privado de salud, por desempeñarse durante la pandemia de coronavirus.
La iniciativa establece, por única vez y de manera excepcional, 14 días hábiles de descansoque podrán utilizarse de forma total o parcial.
Se trata del denominado "descanso reparatorio", el cual no cuenta con distinción por calidad contractual.
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Esta iniciativa será complementaria al uso de feriados y permisos, pudiéndose usar el descanso antes o después de estos días.
En concreto, los funcionarios podrán hacer uso de este beneficio hasta tres años después de que se publique la Ley.
Requisitos para acceder al "descanso reparatorio":
- Haber desempeñado funciones continuamente* desde el 30 de septiembre de 2020.
- Estar en servicio en alguno de los establecimientos de salud privados, farmacias o almacenes farmacéuticos cuando se publique la Ley.
- Contar con una jornada igual o superior a 11 horas semanales, circunstancia que no aplicará a quienes se encuentren excluidos de los límites de la jornada de trabajo.
Cabe mencionar que las personas que cumplan estas exigencias, pero que se hayan desempañado exclusivamente en teletrabajo tendrán derecho al "descanso reparatorio" por siete días hábiles.
Los trabajadores que tengan facultades de representación del empleador y facultades generales de administración quedan excluidos de este permiso y tampoco podrán optar a él quienes ya hayan usado el permiso de descanso reparatorio de la salud pública.
Previamente, en el Senado se estableció que el empleador deben compensar en dinero a los trabajadores en caso de término de la relación laboral si quedan días pendientes de utilizar.
Para ello se consignará el valor de los días pendientes que le habrían correspondido utilizar en la respectiva remuneración, entendiéndose como trabajados para todos los efectos legales.
*El uso de licencias médicas no interrumpe la continuidad.