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AFC: Empleadores deben hacer nueva suscripción para extender beneficios a trabajadores suspendidos

AFC: Empleadores deben hacer nueva suscripción para extender beneficios a trabajadores suspendidos
T13
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A quienes se les suspende el contrato pueden acceder a hasta 12 pagos del Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) y 7 en el caso de suspensión de mutuo acuerdo.

AFC Chile recordó a empleadores y afiliados que la vigencia de la Ley de Protección del Empleo fue extendida hasta el 6 de marzo de 2021 en el caso de la suspensión de contrato y hasta el 31 de diciembre de 2021 para los pactos de reducción de jornada.

Según el Decreto, los trabajadores que se encuentren con suspensión de contrato por acto de autoridad podrán acceder hasta 12 pagos del Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) y 7 en el caso de suspensión de mutuo acuerdo. 

Una vez que el trabajador llega a su quinto pago, el empleador debe suscribir una nueva suspensión laboral en pactos.afc.cl, siempre que no haya retomado sus funciones.

Los pagos del quinto giro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario se calcularán aplicando un 55% al promedio de las últimas remuneraciones previas a la suspensión, fijando un valor superior de $513.038 y un valor inferior de $225.000.

A partir del sexto giro (hasta el 12), el cálculo se realizará en base al 45% del promedio de las últimas remuneraciones del trabajador, con un monto superior de $419.757 y un valor inferior de $225.000.

En tanto, la vigencia de la ley que flexibiliza los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía se extiende hasta el 6 de marzo de 2021 en el caso de la suspensión de contrato.

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