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Absuelven a mujer que apuñaló a su pareja en Coquimbo: Era víctima de violencia intrafamiliar

Getty Images (Referencial) - Mujer portando un cuchillo
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La mujer usó un cuchillo para atacar a su conviviente luego que la agrediera. Sin embargo, en el pasado incluso la había atacado con un bate en su rostro, causándole daños permanentes en uno de sus ojos y la pérdida de piezas dentales.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena absolvió a una mujer acusada de apuñalar a su pareja en el contexto de violencia intrafamiliar, luego que se considerara que actuó bajo un estado de necesidad exculpante.

Se trata de Marcela de Lourdes Muñoz Cereceda, quien había sido acusada de lesiones graves en el contexto de violencia intrafamiliar contra su pareja y conviviente, Orlando Pizarro Barahona.

La mujer fue detenida el 27 de noviembre de 2019 en el sector El Peñón de Coquimbo, tras apuñalar a su conviviente luego que llegara ebrio a su casa.

Según su declaración, mientras cocinaba, cerca de las 19 horas, vio a través de la ventana cómo él llegó en bicicleta a su casa. Cuando salió a abrir la puerta, el hombre la tomó por el cuello y si bien afirmó que su intención no era atacarlo, eran tantas las agresiones que había sufrido que, sin pensarlo, tomó un cuchillo pequeño y lo apuñaló, causándole lesiones graves.

Al respecto, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena acogió los argumentos expuestos por la defensa de la mujer, en que afirmaba que ella trató de evitar ser agredida por su conviviente, quien la maltrató por años, puesto que incluso la había atacado con un bate en su rostro -que le generó la pérdida de piezas dentales y un daño permanente en uno de sus ojos-.

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Por lo que se apuntó un "estado de necesidad exculpante" y, según la sentencia, el actuar de la mujer estaba amparado por el derecho, porque trató de defender su propia vida.

El defensor penal público, Marco Cáceres Méndez, señaló que que "esta resolución marca un hito relevante en la lucha contra la violencia de género, en particular, significa un reconocimiento explícito de la perspectiva de género en el ejercicio de la función jurisdiccional, es la primera sentencia en nuestra Región y la segunda que consigue nuestra institución, lo que deja en evidencia no solo el arduo trabajo que realizamos diariamente a favor de nuestros usuarios, sino que además relevan la importancia de la Defensoría Penal Pública como garante de una defensa técnica de calidad".

Se trata del segundo caso en que se aplica el "estado de necesidad exculpante" para absolver a una mujer víctima de violencia familiar. El primer caso es el de Karina Sepúlveda Cisternas, quien mató a su pareja mientras dormía tras una convivencia de 18 años marcada por la violencia intrafamiliar y fue absuelta un 21 de junio de 2013 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto.

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