Ley de 40 Horas: Así funcionará la banda horaria para padre o madre cuidadora
Este viernes 26 de abril entrará en vigor parte de la Ley 21.561, que reduce la jornada laboral de manera gradual. En esta primera reducción, la jornada laboral pasará de 45 a 44 horas.
Asimismo, otra de las medidas que contempla esta modificación permite a trabajadores y trabajadoras que se encuentren al cuidado de niños y niñas de hasta 12 años a anticipar o retrasar hasta una hora su ingreso al trabajo, lo que modificará su horario de salida.
Por ejemplo, si una persona trabaja de 10:00 a 19:00 horas, podrá solicitar entrar a las 09:00 y salir a las 18:00 horas o retrasar su ingreso a las 11:00 para trabajar hasta las 20:00.
La ministra del Trabajo, Jeannette Jara explicó en T13 en vivo que este derecho de las 40 horas tiene como objetivo que padres puedan apoyar a sus hijos, "por ejemplo cuando tienen que ir al colegio, llevarlos a un centro médico o realizar un tipo de trámite".
Para poder adelantar o retrasar el horario laboral, los padres solo deben presentar el certificado de nacimiento o sentencia que otorgue el cuidado del niño o niña.
Según detalla el sitio web de la Dirección del Trabajo, el nuevo horario que adelanta o retrasa el inicio de laborales, será permanente.
Por su parte, el empleador no podrá negarse al ejercicio de este derecho, a excepción que, el horario de funcionamiento de la empresa no permita anticipar o postergar el inicio de la jornada laboral o por la naturaleza de los servicios del trabajador, como por ejemplo, cuando requieran que esté en su puesto a la hora específica señalada en su contrato de trabajador.
De todas maneras, si el padre y la madre trabajan, cualquiera de ellos a elección de la madre, podrán hacer uso de este nuevo derecho.