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Aprueban 40 horas: Cómo y cuándo se implementará la reducción de la jornada laboral

Agencia Uno - Reducción de jornada laboral
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El Congreso despachó la ley que reduce la jornada laboral en Chile y solo resta que el gobierno promulgue la iniciativa, lo que se espera que ocurra el próximo 1 de mayo.

El Congreso despachó este martes el proyecto que reduce de 45 a 40 horas la jornada laboral, y establece la flexibilización laboral en distintos ámbitos. La propuesta impulsada por el Gobierno de Gabriel Boric será promulgada el 1 de mayo para la conmemoración del Día de los Trabajadores y Trabajadoras.

La norma fue presentada en 2019 por la entonces diputada y actual ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo (Partido Comunista), y aprobada aquel año por la cámara baja. Sin embargo, la idea estuvo estancada en el Senado hasta que Gabriel Boric asumió la presidencia y le puso urgencia a uno de los principales proyectos de este gobierno.

¿Cuándo se implementarían las 40 horas?

El subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, explicó en T13 que la norma buscará implementar las 40 horas de trabajo semanal de manera paulatina en cinco años.

Si el proyecto de ley se promulga el 1 de mayo, el mismo día del 2024 todas las empresas deberán haber reducido su jornada laboral en una hora a la semana. Para 2026 se reducirán dos horas más, es decir, estaría en 42 horas semanales, mientras que para 2028 quedaría completa la reducción de la jornada laboral.

Subsecretario del Trabajo explica reducción de jornada laboral

De todos modos, las empresas pueden reducir su jornada laboral con anticipación, si así lo desean, como ya lo han hecho algunas compañías que han recibido la certificación del gobierno con el “Sello 40 horas”.

¿Cómo se van a aplicar las 40 horas?

Boccardo aseguró que “todas las personas que están afectas al Código del Trabajo” van a ver reducida su jornada laboral. Las jornadas ordinarias, es decir, quienes trabajan de lunes a viernes, verán reducida su jornada en 40 horas; mientras que las jornadas especiales con las trabajadoras de casa particular, quienes hacen turno o están bajo el artículo 22 también serán reguladas con medidas distintas.

Algunas de estas medidas especiales serán las jornadas de 4x3, es decir, trabajar cuatro días a la semana y descansar tres, pero cumpliendo con las 40 horas de trabajo a la semana. Otra medida es trabajar horas extras y, en lugar de canjearlas por su remuneración, el trabajador o trabajadora podrá tener hasta cinco días compensados al año.

También existirá la “jornada mensualizada”, en la que en lugar de cumplir las 40 horas a la semana, se hará y compensará en un mes. Así, una semana podrías trabajar 45 horas y la otra 35. Sin embargo, eso deberá estar regulado con el sindicato para no pasar esos límites.

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Otra modificación que hace la norma es restringir el uso del inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, sobre excepción de jornada. Aquí, se limitan los supuestos de exclusión de jornada de trabajo y sólo quedan en dicha condición quienes ejercen labores de alta gerencia dentro de una empresa, así como quien no esté sometido a fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus funciones. Se establece un procedimiento de reclamación ante la Dirección del Trabajo en caso de controversia y a petición de cualquiera de las partes.

Quienes tengan dudas de su horario laboral, y si están sujetos bajo el artículo 22 del Código del Trabajo, que excluye de los límites de horas laborales semanales a ciertos trabajadores y trabajadoras, podrán consultar en la Inspección del Trabajo.

La ley, de todos modos, establece diferencias para los trabajadores de transporte terrestre, tripulantes de vuelo y cabina y trabajadoras de casa particular, entre otros. Si quieres conocer el detalle de tu profesión u oficio, lo puedes revisar en el siguiente documento.