Por primera vez como adulto, Cristóbal Cabrera, más conocido como el "Cisarro" fue condenado a diez años de cárcel por los delitos de robo con violencia e intimidación cometidos el año 2019. La determinación fue tomada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo.
Según los antecedentes de la Fiscalía Regional Occidente, el joven de 23 años, que antes de cumplir la mayoría de edad ya contaba con un amplio prontuario por delitos violentos, fue condenado por ingresar a una vivienda de la comuna de Buin el pasado 30 de julio de 2019.
En aquella ocasión, Cabrera, con ayuda de un tercero, sustrajo alrededor de $30 millones de pesos en joyas, vehículos y otros objetos, luego de intimidar a una familia con armas como un machete y un destornillador. Entre las víctimas se encontraba un suboficial de Carabineros.
El tribunal explicó que "Marcelo Alejandro Álvarez Ortiz y Cristóbal Orlando Cabrera Morales junto con un tercer sujeto cuya identidad se desconoce, ingresaron por el portón de acceso a un condominio ubicado en la comuna de Buin, para luego dirigirse a una de sus casas, forzando un ventanal de aluminio que se encontraba en el costado norponiente del inmueble, por donde ingresaron, momento en que las víctimas Valeria Andrade Ríos, Juan Rosales Apablaza y la hija en común, menor de 3 años de edad, despiertan producto del ruido".
En esa línea, añaden que tras ingresar al domicilio, los acusados y el tercer integrante intimidaron a los habitantes de la casa "utilizando un machete, un arma de apariencia de fuego y un destornillador, indicando: ‘estamos dateados que mantienes dólares y dinero', exigiéndole la entrega de dinero y de especies que las víctimas mantenían en su domicilio, para posteriormente apuntar con la pistola a la menor de edad, a golpear a Juan Rosales Apablaza, quien resultó con lesiones de carácter leve".
Entre las especies robadas, destacan televisores, anillos, una cadena, dos estufas, cuatro celulares y diversas tarjetas bancarias, además de la camioneta de la dueña de casa.
En la determinación de la pena a aplicar en la especie, el tribunal explicó que "se han tenido como límites los grados señalados por la ley y el hecho que no concurren circunstancias atenuantes ni agravantes a cuyo número y entidad haya que atender. Luego, se ha tenido en cuenta que el hecho produjo una considerable extensión del mal causado y que excede el que le es consustancial".