Irlanda resuelve que pan de cadena Subway no puede ser denominado pan
La Corte Suprema de Irlanda dictaminó que el pan que se sirve en ‘Subway’, una cadena de comida rápida con sede en Estados Unidos (especializada en sándwiches) y sucursales en más de 100 países, no se puede definir como pan.
La disputa radica en una norma de la Ley del Impuesto al Valor Agregado de Irlanda de 1972, que ordena que cualquier producto definido legalmente como ‘pan’ debe cumplir con ciertas regulaciones en lo que respecta a los ingredientes utilizados en su elaboración.
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La norma define que la cantidad de azúcar utilizada no puede superar el 2% del peso de la harina aprovechada en el proceso de horneado. Un porcentaje que estaría muy por debajo de la receta de ‘Subway’, donde el azúcar supone un 10%.
En este sentido, y basados en la norma, el pan de ‘Subway’ ni siquiera se puede definir como un alimento básico porque contiene demasiada azúcar, reportó The Guardian.
El fallo se produjo después de una apelación presentada ante el tribunal por el franquiciado de Subway Bookfinders Ltd. El caso se basó en si el pan para los sándwiches de ‘Subway’ cuenta como alimento básico y, por lo tanto, está exento de IVA.
El fallo no es la primera polémica para la marca. En 2014, ‘Subway’ decidió comenzar a eliminar el agente blanqueador de la harina azodicarbonamida de sus productos horneados después de que circulara una petición online.
El ingrediente se usa comúnmente en la fabricación de colchonetas para yoga y como base de alfombras y ha sido prohibido por la Unión Europea y Australia para su uso en productos alimenticios.