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Cuba promulga ley contra el maltrato animal, pero no prohibió las peleas de gallo

Cuba promulga ley contra el maltrato animal, pero no prohibió las peleas de gallo
AFP
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Ni las peleas de gallo ni los sacrificios religiosos quedaron prohibidos tras la publicación del decreto de bienestar animal, publicado este sábado por el Consejo de Estado de Cuba.

El Consejo de Estado de Cuba publicó este sábado el esperado decreto ley de bienestar animal, el primero en la historia del país, con multas para los maltratadores pero dejando autorizadas las peleas de gallos y los sacrificios religiosos.

La legislación es considerada un triunfo de la sociedad civil, después de años de movilización de los protectores de los animales que protagonizaron en 2019 la primera protesta independiente y de carácter no político autorizada en 60 años de revolución socialista.

"Es un reclamo de nuestra sociedad la implementación de disposiciones normativas que garanticen el bienestar animal y que a la vez contribuyan a concientizar a nuestra población en el cuidado y respeto a los mismos", reconoce el texto legal.

Con el decreto se trata "de lograr una relación armónica entre los seres humanos y el resto de las especies, como condición insoslayable para la existencia de todos", añade.

En su artículo 9 "prohíbe a las personas inducir el enfrentamiento entre animales de cualquier especie, con excepción del que apruebe la autoridad competente".

Las peleas de perros, por ejemplo, quedan prohibidas, pero las de gallos de lidia -muy criticadas socialmente- quedan autorizadas en el decreto siempre que ocurran en los "clubes gallísticos" del estatal Grupo Empresarial de Flora y Fauna.

Esas peleas son una tradición en Cuba e incluso la propiedad paterna de Fidel Castro contaba con una valla de gallos.

Tampoco prohíbe los sacrificios de animales en cultos de origen africano como la santería, traídos al país en tiempos de la esclavitud: enfatiza que "el sacrificio de los animales se realiza de forma compasiva y rápida, con evitación del dolor y el estrés" y debe hacerse con métodos previstos en la ley.

La norma jurídica considera y protege como animales a "cualquier mamífero, ave, abejas, reptiles, peces, moluscos, crustáceos y anfibios" y  entiende por bienestar animal, "el adecuado estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere".

Exige que los animales "deben ser atendidos, cuidados y protegidos por el hombre, para crecer al ritmo natural según su especie, con la satisfacción de sus necesidades básicas", y prevé multas de entre 500 y 4.000 pesos cubanos (21 y 167 dólares) para los infractores.

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