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Argentina: primera protesta con "tolerancia cero" a bloqueos

DW - Nutrida presencia policial en las calles de Buenos Aires.
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Duras sanciones contra quienes bloqueen vías públicas contempla un nuevo protocolo de seguridad para manifestaciones, que levantan críticas en cuanto a su conformidad a derecho.

El 20 de diciembre no es un día más en el calendario argentino. Se conmemora una masiva protesta de fines de 2001, en la que la represión dejó un saldo de más de 30 muertos, precipitando la renuncia del entonces presidente Fernando de la Rúa.

Ahora, más de dos décadas después, la jornada vuelve a encontrar a la Argentina sumida en una profunda crisis económica y social, diez días después de la toma de posesión del presidente Javier Milei. Y la tensión otra vez está en alto.

Días antes de la anunciada manifestación de este 20 de diciembre, el Gobierno dio a conocer un protocolo de seguridad, que prohíbe a los manifestantes bloquear vías públicas, faculta a las fuerzas de seguridad para despejarlas y amenaza incluso con despojar de subsidios sociales a quienes incurran en actos que contravengan lo dispuesto, entre otras medidas.

"El que corta no cobra" dice, por ejemplo, un aviso desplegado en una estación de tren, con un número al que se puede denunciar si alguien fue obligado a participar en las protestas.

"Creo que el gran mensaje es que ya no se va a tolerar el corte de la circulación por calles, rutas, autopistas, líneas de tren", dice a DW Álvaro Herrero, doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de Oxford y docente en diversas universidades.

Considera que las restricciones contempladas en el protocolo que dio a conocer la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, representan un cambio de paradigma. "Este fue un tema que estuvo muy presente en la campaña, es algo que ya venían anunciando, y que gran parte de la población parece haber acompañado con su voto", indica.

Explica que hay un "enunciado genérico" sobre compatibilizar el derecho a la protesta y el derecho a la libre circulación de las personas. Sin embargo, estima que, "en la práctica, el Gobierno está pensando en algo más duro. Una política de tolerancia cero para los cortes de calles".

A su juicio, se trata de una forma de demostrar una política de dureza, pero duda que las medidas puedan aplicarse en manifestaciones con miles de participantes.

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¿Y la base jurídica?

Categórico en su juicio es el abogado constitucionalista Eduardo Barcesat: este protocolo vulnera la Constitución y "es lesivo de los tratados internacionales de derechos humanos, tanto de la Convención Interamericana de Derechos Humanos como del acta de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, organismos a los cuales Argentina está adherida".

Profesor titular consulto en el Departamento de Teoría General y Filosofía del Derecho y Profesor de Derechos Humanos y Garantías Constitucionales, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, con una larga trayectoria en el ejercicio de la profesión y la docencia, explica que "lo primero es ver si la autoridad que la ha emitido tiene competencia para emitir una norma en esa materia".

"Esta materia, procesal, penal, le está taxativamente vedada al poder ejecutivo, incluso para los decretos de necesidad y urgencia, bajo pena de nulidad absoluta e insanable", responde.

Remarca que así lo establece la Constitución argentina y comenta: "Evidentemente, el actual Gobierno pretende sobrepasar la división de poderes, que es la piedra basal de la doctrina del Estado de derecho, y pasarse como propias las facultades que son del Congreso de la Nación".

También Herrero hace notar que se trata de una norma administrativa de rango inferior del Ministerio de Seguridad. "Me parece que la herramienta adecuada sería una ley, no un protocolo, que es una herramienta discrecional de un ministerio; lo que hace falta es una discusión en el Congreso y, eventualmente, que haya una ley que regule cómo compatibilizamos los intereses que están en pugna", afirma.

Con respecto a las medidas contempladas, advierte que "la Justicia va a tener que determinar su legalidad, porque no tenemos antecedentes, por ejemplo, sobre el uso de herramientas biométricas para identificar a las personas que circulan por la vía pública. Acá hay discusiones sobre el derecho a la privacidad", advierte.

Y "lo mismo ocurre en el tema de no llevar menores a las marchas, porque no queda muy claro cuáles serían las transgresiones a la ley si un padre o una madre lleven a su hijo a una marcha", añade.

Medidas cuestionadas

Eduardo Barcesat apunta que el contenido de las disposiciones no es razonable: "Por ejemplo, estar filmando en los colectivos que ingresan del conurbano a la ciudad de Buenos Aires, indiscriminadamente, a todos los pasajeros. Esto ni siquiera en la dictadura militar lo hemos padecido", dice.

"Ha habido crímenes mayores, no tengo duda, pero esto de invadir la privacidad de los sujetos, registrándolos, como si fuéramos delincuentes todos aquellos que utilizamos un transporte público, es absolutamente impensable", agrega.

En cuanto a la intención de multar a las organizaciones convocantes, cuestiona: "¿Desde cuándo una autoridad administrativa tiene facultad de multar, si no hay un juez que establezca, en virtud de norma penal previa, la factibilidad de una multa". 

Su conclusión es contundente: "Obviamente, no hay un gramo de legitimidad en este dispositivo de terror que ha instalado el actual presidente, Javier Milei, y que parece corresponderse mucho más con la motosierra que exhibió a lo largo de la campaña que con el derecho y la estructura jerárquica del orden jurídico argentino, que es lo que nosotros enseñamos en las facultades de derecho".

Para Álvaro Herrero, está claro que la gente que acompañó a este Gobierno con su voto quiere más orden, pero esto no se logra con amenazas, no se logra con violencia. Y el uso de la fuerza pública excesiva no trae más orden, trae más protestas; eso lo hemos visto en otros países de la región".

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