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La declaración como imputada de Chong en la causa por obstrucción a la indagación del caso Pío Nono

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El 29 de marzo de 2023, la fiscal Chong declaró como imputada en la causa por obstrucción a la investigación del Caso Pío Nono. Habló de las acusaciones de sesgo contra Carabineros, de sus publicaciones en redes sociales para el 18-O y rechazó haber cometido algún delito. El caso había sido abierto a partir de una querella presentada por la primera defensora del excarabinero Zamora. La teoría del caso de Chong en la causa original —que hubo un homicidio frustrado— fue rebatida en 2 instancias judiciales, marcando un escenario incierto para el juicio agendado para este miércoles.
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Qué observar. A las 3:15 pm del 29 de marzo de 2023, la fiscal Ximena Chong de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte prestó declaración, en calidad de imputada, en la causa por presunta obstrucción a la investigación del caso Pío Nono.

  • La fiscal Chong dirigió la investigación por la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el Puente Pío Nono, en que el entonces carabinero Sebastián Zamora impactó a un adolescente de 17 años, que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho.
  • El joven —que hoy tiene 20 años— resultó con sus 2 muñecas quebradas, un tec y una contusión en la base del pulmón derecho. Hoy recibe una pensión de gracia mensual equivalente a $444.767.
  • La fiscal acusó a Zamora de homicidio frustrado y pidió al tribunal que lo condene a 8 años de cárcel. El juicio fue programado para este miércoles 22, luego de que el tribunal rechazara el tercer aplazamiento solicitado por Chong.
  • El 18 de enero de 2023, la abogada Nubia Vivanco —quien defendió a Zamora en la primera parte de la indagación, y que paralelamente representa a los diputados que pidieron a la Corte Suprema la remoción del fiscal regional Centro Norte Xavier Armendáriz — presentó una querella por obstrucción a la investigación e incumplimiento de la obligación de denunciar, en contra de la fiscal Chong y de la entonces Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz.
  • Muñoz fue sobreseída en la causa, no así Chong, quien continúa como imputada.
  • No constituye causal de inhabilidad”, dijo en enero del año pasado la fiscal Chong, luego de que la querella fuera acogida a tramitación.
  • La indagación quedó a cargo del entonces fiscal regional metropolitano occidente José Luis Pérez-Calaf, quien, tras dejar el cargo en enero, llegó a la fiscalía centro norte, como asesor de Armendáriz.
  • En la página de transparencia institucional de la fiscalía, figura en el apartado “profesionales”, grado 7.

Cómo fue la declaración de Chong. La fiscal Chong declaró por 55 minutos ante el entonces fiscal Pérez-Calaf.

  • Lo hizo vía telemática, tras un diálogo informal de 2 minutos y medio. El tono fue cordial. En el minuto 28, Pérez-Calaf interrumpió la declaración para pedirle a Chong teléfonos de la Brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones, para un asesor que se los solicitaba. Chong se los dio y luego continuó su testimonio.
  • El registro tiene una duración total de una hora y un minuto.

Imputación de sesgo. En el interrogatorio, la fiscal respondió a la imputación de tener un sesgo contra Carabineros.

  • “La decisión de asignar estos casos a la fiscalía de alta complejidad se toma el viernes 25 de octubre (de 2019), en una reunión de fiscales jefes”, declaró, “con miras a hacer una separación entre focos delictuales, que estaba viendo todo lo que era delitos contra la propiedad cometidos en el contexto de las manifestaciones, y fundamentalmente el trabajo que estaba realizando la fiscalía de primeras diligencias y las fiscalías territoriales”.
  • “No es una asignación que yo haya pedido y, por lo tanto, todas estas imputaciones en torno a que esto constituye, o mi accionar profesional forma parte de una intencionalidad para intentar desacreditar el accionar de Carabineros o desestabilizar digamos al país, si se quiere, si es que uno pudiera derivar incluso en ello, de alguna de las afirmaciones de la querella, me parece que son afirmaciones que no tienen asidero”.
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Redes sociales. La fiscal también abordó los contenidos de sus redes sociales esgrimidos como supuesta evidencia de animadversión hacia las policías.

  • “Pongo a disposición, si usted requiere, la revisión de mis redes sociales, en relación con algunas de estas afirmaciones, donde se indica, por ejemplo, que yo me habría referido (…), con expresiones injuriosas respecto de Carabineros; expresiones tales como pacos c… “, testificó.
  • “Asumo que se debe referir a un par de fotografías; una es una fotografía de una frase que está en un rayado de muralla en Instagram, donde dentro de las cosas que aparecen, me parece que aparece la sigla ACAB (acrónimo en inglés de ‘todos los policías son bastardos’) y la otra es un cuadro que tengo en mi casa”.
  • “Pero no son afirmaciones que yo haya hecho, sino que no pasan de ser eso”, dijo.
  • “Aparezco encapuchada (en una foto), entonces, si uno lo mira en mi Instagram, por ejemplo, es una fotografía en pandemia donde salgo con una especie de mascarilla hecha con una pañoleta, y lo que dice abajo es ‘competencias pandémicas: aprendiendo a sonreír con los ojos’. Entonces, se ha tergiversado el acceso a esta información”.

Teoría del caso de la defensa. Al abordar los cambios de medidas cautelares del excarabinero (dado de baja por no reportar que durante la arremetida llevaba una cámara personal), declaró que “ni las resoluciones de los juzgados de Garantía ni las de la Corte de Apelaciones han entrado en la arena de decir que, no sé, puede tratarse de un cuasidelito, que no están suficientemente acreditados los presupuestos materiales, que no se encuentra suficientemente acreditada la participación”.

  • Esta afirmación está en contradicción con la resolución del juez Ponciano Salles del 25 de mayo de 2021, que, al rebajar a arresto domiciliario nocturno la medida cautelar del excarabinero, dijo que “hay a lo menos evidencia material y existen también documentos periciales que justifican la teoría del caso de la defensa”, mostró el audio de la audiencia.
  • El juez se refería a los peritajes expuestos por la defensa para mostrar que Zamora buscó atrapar y no empujar al adolescente por el puente.
  • El 2 de junio de 2021, la Corte de Apelaciones de Santiago respaldó esos argumentos.
  • “Por los antecedentes dados a conocer por la defensa en esta audiencia, en lo que dice relación con el artículo 140 letra C del Código Procesal Penal, el tribunal ha determinado que la medida decretada por el juez de Garantía es la medida proporcional para garantizar los fines del procedimiento y para cautelar la seguridad de la víctima y la seguridad de la sociedad”, dijo la resolución.

Delito de omisión de denuncia. En la declaración, la fiscal abordó el delito de omisión de denuncia contenido en la querella. El fiscal Pérez-Calaf le adelantó que no se haría cargo de esa imputación.

  • “La colega Vivanco hace dos imputaciones, una dice, sería este tema de obstrucción a la investigación, el 269 ter, por este ocultamiento que yo habría realizado al tribunal; si usted ve la audiencia el juez (Jaime) Fuica realiza un sinnúmero de preguntas, nosotros respondemos todas esas preguntas, etcétera”.
  • La segunda parte, dijo Chong, “es una imputación por una supuesta omisión de denuncia y no logro advertir el alcance de dicha omisión”.
  • “Colega, es tercera o cuarta vez que (…) me toca una querella o denuncia de alguien que denuncia al fiscal por (el artículo) 175 (del código procesal penal). Ni siquiera me hago cargo, sinceramente”, respondió Pérez-Calaf.
  • “¿Toda persona que está en una manifestación está cometiendo delito y por lo tanto yo tendría que haber iniciado de oficio una investigación respecto de todos y cada uno de los testigos; enfermeras, el bombero que baja a buscar al joven, la periodista señora (Paola) Dragnic?”, preguntó Chong.
  • “La misma víctima…”, acotó Pérez-Calaf.
  • “En el caso particular de la víctima”, dijo Chong, “Carabineros sí hizo un parte por su detención, y sí tuvo una investigación, que no estuvo a cargo nuestro”.
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