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Expediente: Luis Castillo envió carta a Boric pidiendo ser indultado, ya que sólo ejerció su “divino derecho a la rebelión popular”

Luis Castillo
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El 15 de junio de 2022, el director de Gendarmería envió un oficio a la entonces ministra de Justicia con el timbre “reservado”. El documento explicaba que contenía el “expediente de solicitud de indulto particular” de Luis Castillo Opazo, quien en marzo había escrito al Presidente Boric pidiendo que le perdonaran la pena de 4 años de cárcel que cumplía. Los antecedentes, contenidos en una carpeta de 50 páginas, detallaban su sentencia por atacar el Registro Civil de Copiapó y otros 6 puntos de la ciudad tras el 18-O, además de un prontuario con 5 condenas previas a 2019. También, la conclusión del tribunal de conducta consideró “desfavorable” indultarlo, decisión que es facultad presidencial. El gobierno pidió mantener en reserva los expedientes de los indultados, donde aparecen los informes de Gendarmería.

La petición. El 24 de marzo de 2022, Luis Arturo Castillo Opazo, 38, firmó con lápiz azul una carta de una carilla, escrita a mano, dirigida al Presidente Gabriel Boric.

  • “Muy respetuosamente a Ud. vengo a solicitar me conceda el ‘indulto presidencial’ dentro de sus facultades (…), ya que yo sólo salí a luchar por mis derechos como todo ciudadano común lo hizo en el marco de la revuelta social, haciendo valer el ‘divino derecho a la rebelión popular’, ya que nuestros derechos estaban siendo vulnerados por el gobierno de Chile”, consignó la carta incluida en la página 26 de la carpeta Expediente Luis Castillo Opazo del Ministerio de Justicia, que el Presidente pidió no difundir, en el marco del requerimiento de inconstitucional que revisa el Tribunal Constitucional (TC).
  • Aunque Boric sólo sería electo 2 años después del 18-O, Castillo añadió que “en éste su actual gobierno, por el cual salimos a luchar por un país en democracia y dignidad, hoy me encuentro como ‘preso político de la revuelta popular’, lejos de mi familia”.

La condena. El 15 de junio de 2022, el director de Gendarmería Sebastián Urra envió un informe a la entonces ministra de Justicia, Marcela Ríos, con el timbre “reservado”. El oficio explicaba que contenía el “expediente de solicitud de indulto particular” de Luis Castillo Opazo, cuyo otorgamiento es una facultad presidencial.

  • Los antecedentes, contenidos en una carpeta de 50 páginas, detallaban su sentencia a 4 años de cárcel por 6 delitos de desórdenes públicos, 3 de daños simples, 4 de robo en lugar habitado y un delito de daño calificado.
  • Enumeraban su calidad de autor del ataque al Registro Civil de Copiapó y otros 6 puntos de la ciudad, tras el 18-O: a la empresa Aguas Chañar, a Farmacias Ahumada, al instituto Inacap, a la compraventa de automóviles Salfa, además de los daños afueras del liceo A4 y los desórdenes cerca de un supermercado Líder.
  • También, su prontuario previo al 18 de octubre de 2019 y la recomendación de Gendarmería sobre su caso.

El prontuario previo al estallido. El extracto de filiación consignado en el expediente detalló que tenía 5 condenas por 6 delitos, todas dictadas por el juzgado de Garantía de Copiapó, previo a ser detenido tras el 18-O:

Una condena a pagar una multa por un hurto simple de julio de 2005. Una pena, luego sustituida, a 60 días de cárcel por el mismo delito, en diciembre de ese año, en grado de frustrado. Una pena a 21 día de prisión nocturna por el delito de lesiones menos graves, de julio de 2006. Una pena a 10 años de cárcel por 2 robos con violencia e intimidación, en grado de tentativo, de julio de 2007. Una pena de 61 días de prisión por un robo con sorpresa en grado de frustrado, de octubre de 2017.

El informe de Gendarmería. A las 3pm del 18 de mayo de 2022 se reunió en el complejo penitenciario La Serena el Tribunal de Conducta de la unidad penal, para tratar la solicitud de indulto de Castillo Opazo, consignó la página 28 de la carpeta de su expediente.

  • La instancia, integrada por 8 personas — 2 mayores jefes subrogantes del complejo, el capitán de régimen interno, la encargada educacional y la laboral, el jefe técnico subrogante, la encargada de reinserción social y la Tens encargada de salud—, concluyó que “el solicitante no es acreedor a la gracia de indulto”.
  • Patrón antisocial. “Se evidencian rasgos de trastorno narcisista de la personalidad con rasgos antisociales, los cuales están determinados por sentimientos de grandeza. Carece de empatía y comportamiento arrogante, junto con un amplio historial delictual asociado a su patrón antisocial”, consignó la parte de “fundamentos”.
  • “Justifica su actuar por razón a vulneración de derechos por parte del Estado de Chile. Posee un deficiente reconocimiento de las conductas ilícitas realizadas, dado que independientemente de reconocer su participación en los hechos, tiende a justificar y relativizar, con escasa perspectiva social, al momento de evaluar el daño ocasionado, negando incluso uno de sus delitos asociado a robo en lugar no habitado”.
  • Riesgo de reincidencia “muy alto”. “Desde su proceso de reinserción social se puede indicar que presenta aplicación de inventario para la Gestión de Caso e Intervención (IGI), donde se indica un riesgo de reincidencia muy alto”.
  • “Considerarse un preso político”. El riesgo de reincidencia “muy alto”, detalló el informe, “estaría determinado por los factores generales de riesgo asociados a historia delictual actitud/orientación pro criminal y patrón antisocial a sí mismo, dada su actual situación de reclusión, demandando un trato especial por considerarse un preso político”.
  • Red de apoyo insuficiente. “Si bien se logra establecer la existencia de red de apoyo en el medio libre, la cual presenta residencia en la ciudad de Copiapó, ésta no logra configurarse en un agente de control social, ya que tiende a negar todos los delitos por el cual el referido se encuentra privado de libertad, argumentando que solo quiso manifestarse”.
  • Conclusión. “Es del parecer de este Tribunal de Conducta que se considera desfavorable la solicitud de indulto presentada por el interno”.

El indulto. El 30 de diciembre de 2022 la ministra Ríos firmó, en lugar del Presidente, el decreto de indulto de Luis Castillo, mencionando parcialmente sus informes sociales y educacionales, y aludiendo al contexto del estallido social, en los “considerandos”. También se concedió el perdón de la pena a otros 11 presos del 18-O y al exfrentista Jorge Mateluna.

  • El decreto de Castillo y el otro indultado, se firmó un día después que los demás.
  • Castillo Opazo dejó ese día la cárcel de Copiapó, tras lo cual grabó un video donde se presentó como “rodriguista” y dijo que “los insurrectos no nos calmamos”.
  • La revelación de su prontuario previo al 18-O derivó en la interrogante sobre el nivel de información que manejaba el Presidente sobre su caso, al ejercer la facultad presidencial.
  • El 7 de enero el Presidente resolvió pedir la renuncia a la ministra Ríos y del jefe de gabinete presidencial, Matías Meza-Lopehandía, acusando “desprolijidades”.
  • La vocera Camila Vallejo dijo luego, el 9 de enero, que “si el Presidente hubiera tenido todos los elementos a la vista, la situación habría sido distinta”.
  • Senadores de Chile Vamos y Demócratas recurrieron al TC pidiendo que se declararan inconstitucionales los indultos a Castillo y otros 6 presos del 18-O a los que se perdonaron las penas, así como al exfrentista Jorge Mateluna.
  • La defensa de los senadores pidió acceso a los expedientes que el TC había declarado en reserva, a lo que el Presidente Boric se opuso en una serie de escritos ingresados el 6 de marzo al tribunal. En esos documentos argumentó que debían mantenerse en privado para permitir la reinserción social de los beneficiados.
  • El ministro de Justicia Luis Cordero dijo luego en La Moneda que esa información debía permanecer en reserva ya que contenía datos de terceros cuya difusión haría incumplir la ley de protección de datos personales. El tribunal respaldó su planteamiento.
  • El TC pidió el jueves informar de otras solicitantes de indulto de presos del 18-O, antes de tomar una decisión.
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