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Incendios: la querella del gobierno contra el empresario denunciado por impedir que sacaran agua

Incendios: la querella del gobierno contra el empresario denunciado por impedir que sacaran agua
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El Juzgado de Garantía de Yumbel acogió a tramitación la querella interpuesta por la delegación del Biobío en contra del empresario que, según denunció un piloto español que colabora en el combate a los incendios, impidió que los helicópteros sacaran agua de su piscina para enfrentar el fuego. “(Marcelo) Piccardo Lemus comenzó a hacer una serie de señales poniendo incluso unas líneas aparentemente de alambres para evitar el descenso, evitando así la extracción del agua de la piscina”, consignó el documento.

Qué observar. Este lunes el juez Eric San Martín del Juzgado de Garantía de Yumbel acogió a tramitación la querella presentada por la delegación del Biobío en contra del empresario Marcelo Piccardo Lemus, luego de que Canal 13 difundiera la denuncia de un piloto español que coopera con el combate a los incendios forestales, quien relató como impedía que sacaran agua de su piscina.

  • Me parece un acto incívico de su parte viendo la situación que estamos manejando en este momento”, dijo el piloto Felipe Bru al canal de televisión. “Somos como 3 helicópteros y nos han sacado de allí. Nos está haciendo señales el señor; nos está intentando poner unas líneas ahí para que no cojamos agua y la verdad es que es un detalle muy feo cuando hay gente aquí que tiene su casa que ya ha perdido y gente que está a punto de perderla”.

 

  • La obstaculización de la labor de los brigadistas en medio del estado excepción constitucional de catástrofe por los incendios generó un amplio rechazo político y derivó en la acción legal en contra del empresario de esa comuna.

 

  • De acuerdo con el reporte de la Corporación Nacional Forestal (Conaf) de las 6:24 pm del lunes, los incendios forestales habían consumido 432 mil 634,56 hectáreas durante la temporada 2022-2023, convirtiéndola en la segunda más destructiva desde que Conaf inició su registro en 1963.

 

  • El récord de hectáreas quemadas ocurrió en la temporada 2016-2017, cuando 570 mil 197 hectáreas fueron destruidas. En esa serie de incendios fue quemado el pueblo de Santa Olga, en el Maule, durante la denominada “tormenta de fuego”.

Qué dice la querella. La querella, de 6 páginas, fue interpuesta por la delegación en contra de Piccardo Lemus y quienes resulten responsables del delito de impedir o dificultad la actuación de Bomberos u otro servicio de utilidad pública “y de cualquier otro ilícito que pueda configurarse a partir de los hechos descritos en la querella”.

  • “El día martes 7 de febrero de 2023, alrededor de las 10.30 AM, en momentos en que uno de los tres pilotos, Felipe Bru, extranjeros a bordo de helicópteros que prestaban servicios en el combate contra el incendio existente en la comuna de Yumbel, se prestaba a descender para extraer agua de una piscina, el propietario de dicho predio don Marcelo Alejandro Piccardo Lemus comenzó a hacer una serie de señales poniendo incluso unas líneas aparentemente de alambres para evitar el descenso, evitando así la extracción del agua de la piscina”, consignó el documento.
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  • “La acción descrita impidió la actuación del personal de utilidad pública que apoyaba a Bomberos y Conaf en las acciones para contener el fuego existente en la comuna, a pesar de la gran propagación del mismo y que hasta el momento ha generado muchas pérdidas al patrimonio de las familias afectadas y al medio ambiente”.

 

  • “Agrava el hecho, la circunstancias de haberse cometido el delito durante la vigencia del estado de Excepción de Catástrofe”.

 

  • “Sin perjuicio de otros ilícitos que pudieran determinarse durante la investigación, de la relación concursal que pudiera existir respecto de todos ellos, o de la dinámica de ocurrencia de los mismos, y que resulte finalmente acreditada; podemos afirmar que los hechos descritos anteriormente admiten ser subsumidos, a juicio de este querellante, en el impedir o dificultar la actuación de Bomberos u otro servicio de utilidad pública”.

Lea el documento:

 

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