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[VIDEO] ¿Qué hacer si a mi Pyme le rechazaron el crédito COVID?

[VIDEO] ¿Qué hacer si a mi Pyme le rechazaron el crédito COVID?
T13
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Ricardo Ibáñez, abogado de Defensa Deudores entregó a T13.cl recomendaciones y algunas alternativas para esta situación.
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Contenido patrocinado por Defensa Deudores

La crisis económica generada por la pandemia del coronavirus ha afectado de forma negativa a miles de negocios chilenos. Por eso, el Gobierno decidió implementar una serie de medidas que buscan ser un soporte para las pymes afectadas. 

El llamado "crédito COVID" o crédito Fogape es una de las medidas más conocidas para ayudar a emprendedores. Estos son créditos con garantía estatal que tienen la misión de dar solvencia a estos negocios mientras intentan recuperarse. 

Hasta el momento, según informó el ministerio de Hacienda, se han cursado 40.001 "créditos COVID" o Fogape con un monto de 2.600 millones de dólares, donde el 96,1% de los beneficiados corresponden a Pymes. 

LEE TAMBIÉN: ¿CÓMO ARMAR UN NEGOCIO ONLINE? 

Sin embargo, a pesar de estas cifras muchos emprendedores han denunciado haber sido rechazados para optar a esta ayuda. ¿Qué se hace en esos casos? 

El abogado de Defensa Deudores, Ricardo Ibáñez, explicó a T13 algunas recomendaciones y alternativas al respecto. 

¿Qué hacer si a mi Pyme le rechazaron el crédito COVID?

Según Ibáñez, lo más importante es mantener la calma. Las pymes que hayan sido rechazadas pueden utilizar como herramienta la Ley 20.416, conocida como "Estatuto Pyme". Esta da un plazo de 90 días para reestructurar un negocio en compañía de un asesor económico de insolvencia y buscar la mejor alternativa para tu Pyme.

Estas pueden derivar en dos actos: 

  1. Reorganizar tu empresa, al amparo de la Ley 20.720
  2. Optar por un cierre ordenado de la misma normativa legal

¿Por qué si no tengo deudas con bancos ni estoy en DICOM me aparece que no cumplo con los requisitos? 

Para el experto es importante señalar que no solo las deudas con el banco son importantes para optar a estos créditos. 

Existen las deudas con proveedores, deudas de arriendo, cheques o facturas, deudas tributarias.

"En consecuencia, todas estas deudas pueden ser objeto de la reorganización al amparo de la Ley 20.416 o Ley 20720", aseguró el abogado. 

¿Y si recibí un monto menor al esperado? 

En este caso, las Pymes pueden acogerse a las normas que hemos venido trabajando con la Ley 20.416 y la Ley 20.720, que te van a permitir en conjunto lograr hasta 180 días de plazo para poder restructurar tu negocio, armar un plan de pago, reunirte con tus acreedores, y buscar aquella alternativa que permita que tu empresa siga vigente y siga generando empleo.

¿Está bien si creo que declararme en quiebra es el único paso que puedo dar? 

"Creo que es momento que dejemos de ver la palabra quiebra con aquella connotación negativa que toda la vida nos han transmitido. La palabra quiebra significa experiencia, es decir que posterior a la quiebra no voy a cometer  los mismos errores que me llevaron a esa situación", aseguró el experto. 

¿Cómo evitar la quiebra? 

La idea es poner atención a los siguientes síntomas: 

  • Declarar cotizaciones y no pagarlas
  • Cuando empezamos a trabajar con sociedades de garantía recíproca y factoring
  • Cuando caemos en el sobreendeudamiento
  • Cuando inyectamos recursos personales o familiares

¿Necesitas más información? Encuentra más consejos para tu Pyme en el siguiente video: 

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