No habría multa para quienes no voten: En qué está el proyecto para que elecciones de octubre sean en dos días
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, el lunes, el proyecto de ley que busca que las elecciones municipales y regionales que están programadas para este 2024 se realicen en dos días por la cantidad de votaciones que habrán y porque ahora el voto es obligatorio y se espera que acudan a las urnas cerca de 13 millones de personas.
Sin embargo, la norma que ingresó el gobierno a solicitud del Servicio Electoral (Servel) plantea distintas modificaciones al proceso que no han tenido consenso en todos los sectores políticos. Una de ellas es el aumentar la multa para quienes no acudan a votar.
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Como a partir del 2023 el voto volvió a ser obligatorio en nuestro país, existe una multa para quienes no acudan a las urnas que va entre 0.5 y 3 UTM, algo así como entre 33 mil pesos y $197 mil.
Sin embargo, un grupo de diputados propuso establecer esta multa en 200 mil pesos, pero no alcanzó los votos necesarios y se optó por discutir este tema por separado, lo que en la práctica deja al actual proyecto de ley sin una sanción para quienes no acudan a votar en octubre.
De todos modos, la mayoría de los parlamentarios coincide en que esto debe ser solucionado de algún modo, por lo que se espera que una comisión mixta establezca el monto de las multas para quienes no acudan a votar.
Avanza el proyecto de elecciones en dos días
Pese a que algunos líderes de la oposición se habían mostrado en contra de realizar estas elecciones municipales y regionales en dos días, la propuesta avanzó en la Cámara de Diputadas y Diputados.
La norma además pone fin a la prohibición de la venta de alcohol que se conoce como ley seca y que rige de elecciones y también establece mecanismos para el resguardo de las urnas por parte de las Fuerzas Armadas al término del primer día de votación.
La propuesta también modifica el proceso de designación de vocales, introduciendo el uso de sistemas computacionales y reduce el número de procesos en que los electores deben ejercer dicha función a solo dos consecutivos, incluyendo presidenciales, parlamentarias, municipales, regionales y plebiscitos.
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Después de ser vocal de mesa en dos ocasiones, no podrán ser designados vocales en los ocho años siguientes.
Sobre las excusas para ser vocal de mesa, a las que ya se conocen, se suma que las personas cuidadoras podrán justificarse mediante la credencial respectiva o comprobando su inscripción en el Registro de Cuidadores para no cumplir esta función.
En el proyecto además, se aumenta de dos a tres horas el periodo de permiso que tendrán las y los trabajadores para ir a votar, en los casos de aquellas labores que deban realizarse necesariamente un día de elección o plebiscito.
En la cámara se incorporó también una nueva inhabilidad, para que las personas deudoras de pensión alimenticia no puedan ser candidatas a alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales, lo que deberá ser discutido y votado en el Senado.
Respecto al reembolso del voto, el proyecto rebaja el aporte a los candidatos independientes y partidos de cuatro centésimas de UF a veintiséis milésimas por sufragio obtenido, como proponía el gobierno, ya que el voto al ser obligatorio aumentará la cantidad de sufragios que reciba cada colectividad política.