Elecciones 2024: Estas son las cédulas de identidad vencidas con que se puede votar en la segunda vuelta
El domingo 24 de noviembre se realizará la segunda vuelta de las Elecciones 2024, jornada en la que once regiones del país deberán acudir nuevamente a las urnas para votar por gobernadores regionales.
En estas once de 16 regiones ningún candidato obtuvo al menos el 40% de los votos válidamente emitidos. De esta manera, a la segunda vuelta irán los dos candidatos más votados de la región.
Elecciones 2024: ¿Se puede votar con cédula de identidad vencida?
La cédula de identidad o el pasaporte son los únicos documentos válidos para sufragar según la normativa chilena. Ningún otro documento o comprobante se considera válido.
Sin embargo, de acuerdo a lo informado por el Servicio Electoral (Servel), la ley sí permite que tanto la cédula de identidad como el pasaporte puedan estar vencidos hasta en 12 meses.
Lo anterior significa que, para la segunda vuelta de gobernadores regionales, ambos documentos pueden estar vencidos desde el 24 de noviembre de 2023.
Si el día de la elección, y a juicio de la mesa receptora de sufragio, existe una discrepancia entre la información existente en el padrón de mesa y la identidad del elector, el presidente puede pedir la ayuda de un experto en identificación del Servicio de Registro Civil e Identificación, explicó el Servel.
¿Se puede votar el sábado?
La primera vuelta de las Elecciones 2024, donde los chilenos y chilenas votaron por alcaldes, gobernadores, concejales y cores, se realizó el sábado 26 y domingo 27 de octubre pasado. Sin embargo, de acuerdo con el Servel, la segunda vuelta se realizará EN UN SOLO DÍA.
De esta manera, el único día de votación es el domingo 24 de noviembre. El horario es de 08:00 a 18:00 horas, aunque el cierre de las mesas siempre estará sujeto a que no haya electores esperando para votar.
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Es importante recordar que cada elector deberá acudir este domingo 24 de noviembre a la misma mesa y local de votación donde sufragó el 26 o 27 de octubre.
Los vocales que ejercieron su rol en octubre deberán, según indica la ley, desempeñarse nuevamente como tales este 24 de noviembre. Se les retribuirá con un bono de 0,66 UF, equivalentes a $25.068, cuyo monto está establecido por ley.
La misma normativa establece que el no asistir a cumplir con la función de vocal tiene una sanción que puede ir desde 2 a 8 UTM según lo decida el Juez de Policía Local (entre $ 133.122 a $ 532.488).