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Tribunal declara inadmisible querella por el allanamiento al Partido Comunes por caso Karina Oliva

Tribunal declara inadmisible querella por el allanamiento al Partido Comunes por caso Karina Oliva
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Un abogado acusó que desde la fiscalía y Carabineros hubo tratos de “vejación injusta” y violación de secreto”, sin embargo, el juzgado determinó que el allanamiento cumplió con los requisitos legales.

El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró inadmisible la querella presentada por el abogado Luis Mariano Rendón por el allanamiento con armas que se realizó el pasado viernes en la sede del Partido Comunes, por parte de Carabineros y el Ministerio Público, en el marco de la investigación por la rendición de los gastos de campaña de la excandidata Karina Oliva.

El tribunal consideró que en el allanamiento por parte del GOPE de Carabineros, y que fue acompañado por el fiscal Milibor Bugueño, estuvo apegado a la ley, pese a que fue ampliamente criticado por distintos sectores, incluyendo al mismo fiscal Nacional, Jorge Abbott, y el propio Servicio Electoral.  

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“Se cumplieron los requisitos legales, se autorizó la entrada, registro e incautación de los elementos vinculados con el delito investigado, en las dependencias de los domicilios ubicados en calle Merced”, dice la resolución.

“Con el mérito de dichos antecedentes, y tras estimarse que la diligencia resultaba necesaria para asegurar los fines del procedimiento, y evitar que la eventual evidencia contable pudiera desaparecer, trasladarse o alterarse, es que esta judicatura concedió la autorización judicial por el período de veinticuatro horas, el día diecinueve de noviembre último”, añade.  

La querella presentada por Rendón acusaba por los delitos de vejación injusta y violación de secretos a los involucrados y denunciaba además un despliegue de policías armados utilizando “gran violencia”, lo que también había sido criticado públicamente por el propio Partido Comunes y gran parte de la oposición, que incluso acusó de “intervencionismo electoral” al gobierno.

"La resolución se explaya en consideraciones de fondo sobre el delito de corrupción que se investiga, las que no vienen al caso. Lo que se imputa en la querella es haber realizado una diligencia, en principio legítima y pertinente, de una forma abusiva y desproporcionada y con amplia publicidad, todo destinado a impactar en la opinión pública”, respondió Rendón al rechazo del requerimiento.

“Además, no dice una palabra el juez Ponciano Salles por el delito de violación de secreto cometido a filtrar a la prensa la diligencia. Esa falta de pronunciamiento sobre uno de los delitos imputados puede llegar a comprometer la responsabilidad del juez. Todo esto lo haremos ver ante la corte en el recurso de apelación que interpondré en las próximas horas", añadió.

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