Pueblos originarios: ¿Por qué aparecen dos candidatos y qué rol cumple el que está entre paréntesis?
"Me llamó la atención que salen dos personas por línea, que entiendo que son un hombre y una mujer. Pero yo no sé por quién voté". Esta fue la inquietud de uno de los electores en el Liceo de Aplicación tras marcar su preferencia en la inédita elección de convencionales constituyentes pertenecientes a los pueblos originarios.
Una duda que se repitió en varios locales de votación, donde los nuevos electores de este mecanismo se encontraron con un nombre entre paréntesis acompañando al de su candidato o candidata para representar a su etnia en los cupos reservados para pueblos originarios en el organismo que redactará la nueva Constitución.
¿Por qué aparecen dos nombres y cuál es el rol de la persona que está entre paréntesis?
La razón está en que la Convención Constitucional será un organismo paritario, es decir, que tendrá una representación equitativa entre hombres y mujeres, donde ningún sexo podrá tener más del 55% de los integrantes del órgano que redactará la nueva carta fundamental.
En el caso de los candidatos de la elección general, es decir, no de pueblos originarios, en caso de que sea necesaria una corrección de resultado para asegurar la paridad, el candidato del sexo sobrerrepresentado deberá ceder su puesto a un compañero de lista del sexo opuesto.
En este caso, como los candidatos de pueblos originarios corren solos, sin listas, ya que representan a sus comunidades, los candidatos o candidatas tuvieron que presentar una candidatura del sexo opuesto que les reemplazará en caso de que sea necesario realizar una corrección de resultado.
Entonces, de ser necesario realizar una corrección de resultado, será la persona que aparece entre paréntesis la que le reemplazará en la Convención. En su mayoría se trata de personas que pertenecen a la misma comunidad y que son cercanas al candidato o candidata oficial.
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Otras dudas sobre la elección de constituyentes de pueblos originarios
¿Quiénes podrán votar y cómo?
El 15 y 16 de mayo los electores que pertenecen a pueblos originarios podrán optar entre una de estas dos papeletas:
- La correspondiente a su distrito (papeleta beige)
- La relativa a su etnia (papeleta verde).
Los electores podrán votar por su pueblo originario independiente de la región donde residen, pero solo podrán elegir a representantes de su etnia. Por ejemplo, una persona mapuche no podrá elegir a los representantes del pueblo quechua.
¿Cómo saber si puedo votar por representantes de pueblos originarios?
Para saber si formas parte del padrón de electores que podrán votar por los representantes de pueblos originarios ingresa a este enlace.
Luego de ver tus datos electorales como la comuna, mesa de votación y si estás habilitado para sufragar, encontrarás un campo donde aparecerá el pueblo originario al que perteneces en caso que estés habilitado para sufragar en este padrón.
Este es un ejemplo de una persona que está en el padrón del pueblo Mapuche (algunos datos personales fueron borrados)
De todos modos, el padrón electoral identificará a las personas que podrán ser parte de la elección de convencionales de pueblos originarios, y será misión de los vocales de mesa señalarle esta opción a quienes cumplen con los requisitos.
¿Puedo votar por el candidatos de mi distrito y además por el de mi pueblo originario?
NO. Como detallamos en el punto anterior, quienes cuenten con la calidad indígena deberán elegir si votar en su distrito o en la papeleta correspondiente a su etnia.
¿Puedo votar por candidatos de pueblos originarios si no tengo la condición indígena o no estoy en el padrón especial?
No. La ley 21.298 que modificó la carta fundamental para reservar escaños a representantes de los pueblos indígenas en la Convención constitucional estableció un proceso para la elaboración del padrón electoral de las personas pertenecientes a etnias.
El proceso contempló dos fases: se consideró a quienes están en los registros de la Conadi y se habilitó un periodo para que personas que se identifican como indígenas pudieran declararse como tales para efectos de estos comicios.
Ese proceso, sin embargo, ya concluyó, por lo que si no estás en el padrón no podrás votar por los candidatos de pueblos originarios
¿Cómo se distribuirán los 17 cupos?
Los escaños reservados se distribuirán de la siguiente forma:
Mapuche: 7 escaños para 1.063.980 personas habilitadas para votar.
Aimara: 2 escaños para 75.743 potenciales electores.
Rapa Nui: 1 escaño para 3.623 potenciales electores.
Quechua: 1escaño para 7.661 potenciales electores.
Atacameño o Lican Antay: 1 escaño para 22.569 potenciales electores.
Diaguita: 1 escaño para 53.887 potenciales electores.
Colla: 1 escaño para 9.183 potenciales electores.
Kawashkar: 1 escaño para 528 potenciales electores.
Yagán o Yamana: 1 escaño para 170 potenciales electores.
Chango: 1 escaño para 1.951 potenciales electores.
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¿Quiénes son los candidatos?
En este buscador podrás revisar quiénes compiten para representar a tu etnia.
Para conocer las cédulas electorales, INGRESA A ESTE ENLACE.