Lavín propone prohibir visitas conyugales y acceso a celulares a encarcelados por crímenes graves
“Se hizo una promesa de que se acabó la fiesta a los delincuentes. Esa promesa no se cumplió", afirmó este lunes el candidato presidencial de la UDI Joaquín Lavín en el marco del debate radial entre los aspirantes a la primaria de Chile Vamos organizado por Radio ADN, Concierto, Futuro e Imagina.
En este contexto, el ex alcalde de Las Condes afirmó que, de llegar a La Moneda, "yo haría una promesa más chica: se acabo la playa a los delincuentes, ¿Sabe cuál es la playa para los delincuentes? La cárcel", en alusión a la jerga penitenciaria.
Fue ahí que Lavín propuso "que la persona que ha caído en la cárcel y ha cometido delitos graves, no a las visitas conyugales, una hora al día de patio, que trabajen y chao celulares, que se acabe ‘la playa’".
El tema generó una réplica por parte de los conductores del espacio, quienes le recordaron al ex jefe comunal que las personas privadas de libertad no pierden todas sus libertades.
"No todas, tienen que perder por lo menos la capacidad de estafar a los chilenos, y cometer delitos desde la cárcel", replicó.
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¿Qué dice gendarmería y Naciones Unidas sobre las visitas conyugales?
El tema está regulado en el manual de Derechos Humanos de la Función Penitenciaria, documento elaborado por Gendarmería, y que entrega directrices sobre el trato a la población privada de libertad.
En el documento se deja explícito que el interno tiene "derecho" a mantener contacto regular con su familia, ya sea a través de visitas o correspondencia. "Las visitas y en especial la de los familiares más próximos no deben ser consideradas un privilegio, sino más bien un derecho humano básico".
En cuanto a las visitas conyugales, se explica que estas no solamente buscan evitar el deterioro de las relaciones familiares o de pareja, sino que evitar "afectar gravemente el proceso de reinserción social del interno o interna".
Del mismo modo, el documento sobre "las reglas mínimas" para el tratamiento de reclusos realizado por Naciones Unidas en 1977 y vigente hasta la fecha establece que "se alentará y facilitará por todos los medios razonables el contacto de las reclusas con sus familiares, incluidos sus hijos, sus tutores y sus representantes legales".
Y en el caso de la población penitenciaria femenina, otro documento agrega: "En caso de que se permitan las visitas conyugales, las reclusas tendrán el mismo derecho a ellas que los reclusos de sexo masculino".
Por otro lado, un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos zanjó un debate en relación a este tema, señalando que existe el "derecho a la visita íntima, en la medida que la sexualidad se considera como parte esencial del desarrollo humano y como consecuencia pasa a ser protegida por el contenido y alcance del derecho a la salud”.