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Elecciones 2021

Elecciones 2021: ¿Cuándo se conocen los vocales de mesas y cómo excusarse?

Elecciones 2021: ¿Cuándo se conocen los vocales de mesas y cómo excusarse?
T13
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El Servel ya tiene definido el cronograma de cara a las votaciones de noviembre, entre los que se incluyen fechas importantes para el sorteo de las vocalías.

Cada vez queda menos para las elecciones del 21 de noviembre de 2021, en las que se elegirá Presidente, parlamentarios y consejeros regionales.

A medida que se acerca el día del sufragio surgen dudas relacionadas con la constitución de las mesas. Y una duda particular que se repite es cuándo se sabrá si a los votantes les tocó o no ser vocales de mesa

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En T13 te contamos las fechas clave para saber cuándo se entregará la nómina de vocales y el plazo para presentar excusas.

La nómina final

De acuerdo a lo informado por el Servicio Electoral, el próximo 30 de octubre se publicará la nómina de vocales designados para cada mesa, los miembros de Colegios Escrutadores, Vocales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores.

Dicha información podrá ser revisada en el sitio web del Servel a contar de dicha jornada.

Posteriormente, el martes 2 de noviembre comienza el plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones ante las Juntas Electorales. Dicho plazo vence el jueves 4 de noviembre.

Finalmente, el sábado 6 de noviembre, se publican las nóminas definitivas con los vocales reemplazantes, información que también será dada a conocer en la página web oficial.

¿Cuáles son las causales para excusarse?

El artículo 44 de la Ley 18.700 establece una serie de motivos por los que las personas seleccionadas para ser vocal de mesa podrán excusarse.

Entre las causales se incluye:

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, lo que será acreditado por la Junta Electoral.
  • Tener más de 70 años.
  • Estar física o mentalmente incapacitado para ejercer la función, lo que deberá acreditarse mediante certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que funcionen las Mesas Receptoras.
  • Estar embarazada en cualquier etapa de gestación.
  • Ser madre o padre y estar encargado del cuidado personal de un hijo o hija menor de dos años.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.
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