¿Por qué Gareca no estará contra Canadá? MIRA el fallo de la Conmebol que suspendió al DT de La Roja
La Comisión Disciplinaria de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) informó la suspensión de un partido para el director técnico de la Selección Chilena, Ricardo Gareca, por lo que no podrá estar en la banca de Chile en el trascendental duelo que tendrá este sábado, por Copa América, ante Canadá.
El juez único de la Comisión Disciplinaria de la Conmebol, Eduardo Gross, determinó imponer además una multa a la Federación de Fútbol de Chile, de 15 mil dólares, algo así como 14 millones de pesos, por no respetar los horarios de inicio del partido, en particular del segundo tiempo.
Ricardo Gareca no podrá dirigir a Chile ante Canadá: Fue castigado por atraso en partido ante Argentina
La Selección Argentina, y su técnico Lionel Scaloni, también recibió el mismo castigo que Gareca, y la misma multa la federación, porque el equipo también ingresó tarde a la cancha del estadio en el partido ante Chile, y también lo habían hecho así contra Canadá.
Qué dice el reglamento por el que se sancionó a Ricardo Gareca
La decisión de la Comisión Disciplinaria de la Conmebol especifica que Ricardo Gareca cometió una infracción al artículo 145 del Reglamento de la Conmebol Copa América 2024 que dice que “si los jugadores de un equipo compareciesen al terreno de juego más tarde de la hora prevista para su inicio o reanudación, o desacatando las indicaciones del árbitro y/o Delegado de Partido, la AMP responsable podrá ser sancionada por los órganos disciplinarios de la Conmebol con una advertencia en caso de una primera infracción, y con una multa en caso de una segunda o subsiguientes infracciones”.
“En el supuesto anterior, se considerará en todo caso responsable al Director Técnico del equipo en cuestión, que será sancionado por los órganos disciplinarios de la Conmebol”, especifica.
De acuerdo al reglamento, la Selección Chilena y el técnico Gareca ya habrían recibido una advertencia por parte de la Conmebol tras el partido ante Perú por el atraso. Por aquello, la decisión del tribunal también alude al artículo 27 del Código Disciplinario de la Conmebol.
“Se considerará que ha habido reincidenciacuando se haya cometido una segunda infracción de naturaleza y gravedad similares con posterioridad a la notificación de una decisión anterior conforme a los siguientes plazos”, explica aquel artículo.