El pleno de la Convención Constitucional rechazó, este jueves, la mayoría de las normas que buscaban regular el rol de los medios de comunicación en la nueva Constitución. Solo dos de los ocho artículos propuestos alcanzaron el quórum de dos tercios (2/3).
El artículo que prohibía “la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información” alcanzó 101 votos a favor, 26 en contra y 24 abstenciones, por lo que deberá volver a la Comisión de Sistemas de Conocimientos.
El artículo 2, que propone que “el Estado tiene el deber de respetar la libertad de prensa, velar por el pluralismo de los medios de comunicación y por la diversidad de opiniones”, además de prohibir la censura previa, fue aprobado por el pleno.
También logró el quórum requerido el artículo 8, que reza que “toda persona ofendida o injustamente aludida por un medio de comunicación e información tiene derecho a que su aclaración o rectificación sea difundida gratuitamente por el mismo medio”.
Sin embargo, las otras seis normas alcanzaron mayoría simple, pero no lograron los 103 votos requeridos y deberán volver a la Comisión de Sistemas de Conocimiento, que deberá modificar la redacción.
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El artículo 1 de la norma fue rechazado. Este proponía que “toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar en la comunicación, y a acceder, buscar, recibir, producir y difundir información. Asimismo, se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información”.
El pleno también rechazó la idea que el estado “fomente y facilite” la creación de medios de comunicación y asegure un espacio igualitario para ellos, también el artículo que proponía fomentar una educación mediática con perspectiva de género feminista y plurinacional, y el que garantiza la protección y seguridad de las fuentes de información.