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Convención Constitucional

Convención: ¿Qué se aprobó y qué se rechazó en la primera votación en general del pleno?

Convención: ¿Qué se aprobó y qué se rechazó en la primera votación en general del pleno?
T13
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Se aprobaron catorce artículos y se rechazaron otros dos que decían relación con modificaciones al sistema de justicia. Entre las aprobadas, se encuentra una que consagra el "pluralismo jurídico" en la propuesta de nueva Constitución.

Un importante hito se vivió al interior de la Convención Constitucional luego del inicio de la votación, en general, de normas al interior del pleno del órgano encargado de redactar la nueva Constitución.

El proceso se inició con los artículos despachados desde la Comisión de Sistemas de Justicia, los que, en su mayoría, fueron ratificados por el pleno aunque no estuvieron exentos de controversia por parte de los sectores que las rechazaron.

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¿Qué fue lo que se aprobó y lo que se rechazó en la primera votación en general del pleno? En T13.cl te lo contamos.

Los artículos aprobados por la Convención Constitucional

Ayer se sometieron a votación 16 artículos que decían relación con modificaciones al sistema judicial. De estos, 14 fueron aprobados por 2/3 del pleno.

Entre las normas despachadas, se encuentran:

  • La función jurisdiccional, que plantea que los sistemas de justicia actuarán bajo un debido proceso y conforme a la ley.
  • Pluralismo jurídico, que plantea la coexistencia de un Sistema Nacional de Justicia con Sistemas Jurídicos Indígenas.
  • Independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad de jueces.
  • Derecho de acceso a la justicia.
  • Tutela jurisdiccional efectiva, para que las personas tendrán derecho a que sus intereses sean defendidos y ser acompañadas en el proceso
  • Inexcusabilidad e indelegabilidad, para que tribunales y órganos no puedan excusarse de ejercer su función en un tiempo razonable.
  • Fundamentación y lenguaje claro para todas las sentencias.
  • Gratuidad en el acceso a la justicia.
  • Principio de responsabilidad jurisdiccional para poder imputar nuevos delitos a jueces, como cohecho.
  • Publicidad, Probidad y Transparencia, para que todas las etapas del proceso judicial sean públicas.
  • Principio de Justicia Abierta, para que la justicia se imparta con transparencia, participación y colaboración.
  • Paridad y perspectiva de género.
  • Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad como principios para los sistemas de justicia.
  • Instauración de Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflictos.

Del mismo modo, se rechazaron dos artículos que decían relación con la inamovilidad de los jueces y con la ejecución de resoluciones, los que volverán a la comisión para someterse a indicaciones.

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