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Convención Constitucional

Ángela Vivanco, la mujer fuerte de la Suprema que encabeza las críticas al borrador constitucional

Ángela Vivanco, la mujer fuerte de la Suprema que encabeza las críticas al borrador constitucional
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Lleva dos meses como vocera de la Suprema y se ha convertido en el rostro de los cuestionamientos del Poder Judicial frente a algunas normas de la nueva Constitución respecto de la duración de los jueces y los efectos de la eliminación del recurso de protección. Este martes planteó una serie de dudas sobre la aplicación de la nueva justicia indígena: “Lo está en la Constitución es un esbozo y faltan muchos contenidos”.

Qué observar. Como vocera de la Corte Suprema e integrante del grupo de cuatro ministros nombrados como enlaces con la Convención Constitucional (CC), Ángela Vivanco ha encabezado los cuestionamientos a las normas transitorias que elaboró la Comisión de Sistemas de Justicia: considera que hay contradicciones en el texto respecto de la duración de los jueces.

  • También ha expresado dudas frente a la implementación de la justicia indígena, en caso de aprobarse la nueva Constitución. La jueza cumplió un mes como vocera y ha mostrado un estilo de liderazgo que no había tenido el Pleno por la forma directa de comunicar.
  • Durante el trabajo de la Convención Constitucional, la Corte Suprema mantuvo un rol activo y crítico frente a las propuestas de normas respecto del Poder Judicial, al que la CC realizó modificaciones profundas: le cambió el nombre a Sistema Nacional de Justicia; limitó el periodo de los jueces de 75 a 70 años; acotó la carrera de los ministros de la Suprema a 14 años; creó el sistema de justicia indígena y eliminó el recurso de protección al crear la acción de tutela de garantías.
  • En el proceso la Suprema estuvo a favor de la creación del Consejo de la Justicia, órgano que se encargará del gobierno judicial (nombramientos, ascensos y sanciones en la magistratura). Pero no quedó conforme con su conformación, pues quería que de sus 17 integrantes, la mayoría fueran jueces. Finalmente, solo quedaron ocho. Por ello, para Ángela Vivanco, el órgano quedó con “una integración fuertemente política”.
  • Las normas en que la Suprema ha mantenido una postura crítica, son las sobre la duración de los jueces. Si bien tanto el límite de edad (70 años)  y el que los supremos solo puedan permanecer 14 años en el cargo ya son parte del borrador constitucional, como vocera del Pleno ahora la batalla que lidera Ángela Vivanco como vocera está en influir en las normas transitorias.
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Quién es. Ángela Vivanco estudió en la Universidad Católica, donde también es profesora de Derecho Público. Entró a la Corte Suprema en julio de 2018 en un cupo como abogada externa, propuesta por el gobierno del expresidente Sebastián Piñera y ratificada por el Senado. Es integrante de la influyente Tercera Sala Constitucional, que preside el juez Sergio Muñoz.

  • Ángela Vivanco es cercana al presidente de la Suprema Juan Eduardo Fuentes y a los ministros de sensibilidad de derecha.
  • Su estilo ha sorprendido a varios integrantes de la Suprema: es directa y mucho mas política que su antecesora, Gloria Ana Chevesich.
  • Cuando en 2018 fue propuesta para integrar la Suprema, su nombre generaba resistencia en senadores de izquierda por su pasado político: en la década de los 90 fue presidenta de la Unión de Centro Centro (UCC), movimiento que creó el empresario Francisco Javier Errázuriz. También fue candidata a diputada por RN. Finalmente, se dedicó al trabajo académico en la UC.
  • Vivanco era, además, tildada como “conservadora” por haber representado a la Universidad Católica en un recurso contra del Ministerio de Salud por el protocolo de objeción de conciencia institucional para realizar abortos en tres causales. Sin embargo, apenas llegó a la Tercera Sala sorprendió con un voto a favor en una fallo que permitió el cambio de sexo registral a una persona trans.

¿Una nueva Constitución?: “Pienso que no”. El pasado 17 de mayo, en CNN le preguntaron si consideraba necesario hacer una nueva Constitución, respondió: “Pienso que no. Yo creo que el tema tiene que ver con un asunto político, sociológico y emotivo. Lo entiendo perfectamente, que la objeción de la Constitución del 80, más que su contenido, era su historia. Y que surge en dictadura y además con pocas posibilidades de manifestarse”.

Duración de jueces. Apenas la Convención terminó el borrador de nueva Constitución, la agenda de la Suprema se ha enfocado en las normas transitorias que podrían afectar a los jueces. El cuestionamiento ya fue expuesto en un informe de 21 páginas que un grupo de seis ministros, encabezados por Juan Eduardo Fuentes y Vivanco, entregaron el 13 de mayo a la presidenta y al vicepresidente de la CC.

Desde ese día, Ángela Vivanco ha dado una serie de entrevistas en la que ha manifestado preocupación por las contradicciones en las normas transitorias. En su última vocería, consultada al respecto, manifestó que los cambios que propone la CC, deberían ser graduales.

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  • “La parte permanente de la Constitución establece que todos los jueces duran hasta los 70 años y en el caso de los ministros de la Corte Suprema tienen un mandato por 14 años. Las disposiciones transitorias han procurado hacerse cargo de esa realidad. Y nosotros hemos sido insistentes en que estos tipos de cambios tienen que ser graduales, porque de otra manera caerían un montón de jueces y ministros en el acto que se promulgara la Constitución. Si nada se dice, ese mismo día varios se tienen que ir: de los juzgados de instancia, de las cortes de apelaciones y de la mismísima Corte Suprema, también”.
  • “Eso se ha tratado de implementar en las normas transitorias. Pero hay normas transitorias que son diversas entre sí. Una, por ejemplo, dice que esto va a operar 10 años después. Otras, que no se va a aplicar a los jueces que hayan entrado antes de la vigencia de la Constitución. Entonces, hay distintas formas de establecer la transitoriedad y en eso nosotros hemos pedido que esto se uniforme de tal manera de que estas normas de tiempo no se apliquen a aquellos jueces y ministros que están en funciones.  Es mucho más conveniente que la persona ingrese al cargo con un determinado estatuto y no que el estatuto cambie por el camino. Y ese es un ejemplo muy claro de que hay tres normas y una cuarta que se oponen entre sí porque tienen distintos regímenes.

Sus dudas sobre la justicia indígena.

  • “Lo está en la Constitución es un esbozo y faltan muchos contenidos que van a tener que ser completados por la vía de la legislación complementaria y resolver muchas preguntas que hay sobre la justicia indígena que no están respondidas (en la nueva Constitución)”.
  • Lo que se dice de la justicia indígena es que va a ser paralela a la justicia nacional y que solamente se va a unificar por la Corte Suprema. Pero no se dice, por ejemplo, a quiénes se aplica; qué pasa cuando hay personas de distintas etnias en un mismo caso; ¿es voluntaria o es obligatoria?; ¿toca todas las materias o solo algunas?
  • “Se ha dejado entrever que podrían ser materias penales y eso es muy complejo: la creación de distintos delitos según de quién se trata. ¿Cuáles son las fuentes? Porque se habla de las costumbres y tradiciones, pero ¿dónde están para yo saber cuáles son? ¿Quiénes son las autoridades indígenas? ¿Esto va a ser comunitario o va a ser con un sistema parecido a los tribunales de justicia nacional? ¿o cada comunidad tiene una instancia pequeña para su situación? ¿Y cómo es la vía recursiva? Todas esas materias son de la mayor relevancia y nosotros consideramos que hay que ponerle mucho hincapié a la norma legal que se dicte como complemento de esto”.

Recursos de protección: “Pasar del recurso de protección a la acción de tutela de garantías a los tribunales ordinarios, va a lentificr mucho el procedimiento, pese a que diga que se van a ver con preferencia. Porque los tribunales ordinarios están sobre cargados de trabajo”.

  • “En la parte transitoria, lo que nosotros pedimos es que mientras no se dicten las leyes, que por favor sigan las acciones cautelares que existen. De otra manera, si la Constitución se aprueba y se promulga, la gente se queda sin acciones cautelares porque no están las nuevas y morirían las viejas. Es muy importante que se mantenga, porque son la primera línea de protección de los derechos de las personas”.
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