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AVP: Contrayentes tendrán estatus de "convivientes civiles"

AVP: Contrayentes tendrán estatus de "convivientes civiles"
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"El estado civil será la unión civil, el contrato se denominará contrato de AVP, y las personas que opten por él se conocerán como convivientes civiles", explicó Harboe.

 

Los senadores miembros de la comisión de Constitución, legislación, Justicia y reglamento avanzaron en torno a la discusión del proyecto de Acuerdod e Vida en Pareja, y en particular, en clarificar el estatus que éste tendrá para quienes lo suscriban.

En esa línea, el presidente de la instancia parlamentaria, Felipe Harboe (PPD) señaló que:

"Decidimos que el estado civil será la unión civil, el contrato se denominará contrato de acuerdo de vida en pareja, y las personas que opten por él se conocerán como convivientes civiles".

Según consigna la web del Senado, Harboe precisó al interior de la Comisión se dio un fuerte debate respecto al término "conviviente", debido a que "la intención era no confundirlos con el concepto conviviente que está consignado en el Código Civil y en virtud del cual, existen determinados derechos y deberes".

A la par, el senador explicó que también se consideró la posibilidad de designar a los contrayentes como "convivientes legales, pero nos dimos cuenta que se podía mal entender e interpretar como que los convivientes de hecho serían ilegales, y no era la idea".

Finalmente, el legislador comentó que La Moneda presentó indicaciones respecto a las reglas del cuidado especial de los hijos en caso de fallecimiento de uno de los padres: 

"La intención es incorporar a los convivientes civiles en este caso, de manera que el juez pueda elegirlos dentro de las personas facultadas para asumir esta responsabilidad", sentenció. 

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